El consumidor contrató ocho contratos de créditos con la entidad IDFINANCE SPAIN SAU, mas conocida como Moneyman.
Con la ayuda de un abogado colaborador de Economía Zero, solicitó la nulidad de los mismos por considerarlos usurarios.
La TAE de estos contratos variaban entre el 3169’70% y 1853’08%.
Moneyman se opuso argumentando que el tipo de interés no era usurario si se comparaba con los de otros micro préstamos.
El juez declara que el contrato es nulo, considera que el riesgo elevado o la ausencia de garantías de que el consumidor va a devolver ese dinero no justifican un tipo de interés tan elevado.
Este consumidor ha obtenido un beneficio económico de 1.390 €
Abogado director del procedimiento: José Carlos Gómez Fernández
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
La demandada se opuso, en primer lugar, por considerar que el tipo de interés pactado no era usurario si se comparaba con los precios de micropréstamos. Se alega que el Sr. XXXX ha solicitado hasta 8 préstamos de diversas cantidades. Asimismo se defiende la validez de la cláusula cuya nulidad se invoca.
Conforme a los criterios expuestos en la resolución transcrita, el tipo de interés remuneratorio de los contratos de autos también debe considerarse nulo por usurario, sin que la dinámica contractual, el alto riesgo o la ausencia de garantías para el prestamista justifiquen el tipo de interés remuneratorio con unas TAE entre 3169’70% y 1853’08%, lo que comporta la nulidad de los contratos, con condena a la actora a abonar a la demandada las cantidades dispuestas que excedan de lo abonado, que según la contestación serían 1393’91 euros.
En cuanto a la mala fe y abuso de derecho que se atribuye al demandante, por haber contratado sucesivamente préstamos entre julio y diciembre de 2021, no cabe predicar conducta abusiva en el demandante, por cuanto contrató de manera escalonada los préstamos y además los pagó, sin que el ejercicio de la acción de nulidad pueda ser considerado como abusivo.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por representada por el Procurador Sr. XXXX ydefendido por el Letrado Sr. XXXX, contra IDFINANCE SPAIN SAU., representada por el Procurador Sr. XXXX y defendido por la Letrada Sra. XXXXX , DEBO DECLARAR Y DECLARO el carácter usurario del tipo de interés remuneratorio pactado en los contrato de préstamo de fecha 21-7-2021, 20-8-2021, 28-9-2021, 25-10-2021, 30-11-2021, 30-12-2021 y 31-1-2022, y en consecuencia DEBO CONDENAR Y CONDENO a la actora a devolver a la demandada la suma del capital dispuesto, que según la demandada asciende a 1.393’91 euros, con expresa condena en costas de la parte demandada.
Préstamos rápidos
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Procedimientos monitorios
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