Calculadora
Ley de Segunda
Oportundiad

Recupera tu tranquilidad financiera. Descubre con nuestro Simulador de Ley de Segunda Oportunidad, si cumples los requisitos para empezar de cero y eliminar tus deudas para siempre.

Calculadora de Exoneración deudas de la Ley de Segunda Oportunidad
Actualizado · Sentencias Tribunal Supremo Feb. 2026

Calcula la deuda que podrías cancelar

Gracias a las recientes sentencias del Tribunal Supremo, las reglas han cambiado a tu favor. Ahora podrías llegar a exonerar deuda pública (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos…) con un límite de hasta 10.000€ por cada organismo.

¿Cómo funciona la exoneración de deuda pública?
1
Tramo 100%
Los primeros 5.000€ se cancelan al 100%
2
Tramo 50%
Del resto de la deuda se perdona el 50%
3
Tope máximo
Hasta 10.000€ de perdón por organismo
Créditos subordinados 100% exonerables: El Tribunal Supremo (STS 260/2026) confirma que los intereses de demora, recargos, multas y sanciones tributarias son créditos subordinados y se exoneran íntegramente, sin los límites anteriores.
Deuda privada
Créditos hipotecarios
Solo es exonerable el «crédito deficitario» (la parte de la hipoteca que no cubre el valor del inmueble). Puedes conservar la vivienda con un Plan de Pagos.
Deuda pública

El límite de 10.000€ se aplica individualmente a cada organismo acreedor (cuota principal).

Crédito público subordinado

STS 260/2026: intereses, recargos, multas y sanciones son crédito subordinado y se exoneran íntegramente, sin tope.

Tu deuda total
0€
0% exonerable
Podrías cancelar hasta
0€
⚠ Deuda pública no exonerable: 0€. Esta cantidad supera los límites legales por organismo, pero un abogado puede valorar opciones de fraccionamiento o plan de pagos.
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¿El cálculo es definitivo?

Este cálculo es una estimación inicial basada en los datos facilitados. Debido a la naturaleza de la Ley de Segunda Oportunidad, cada expediente requiere un análisis jurídico personalizado para garantizar su viabilidad. Por ello, ponemos a su disposición un estudio de viabilidad gratuito con nuestros abogados expertos, donde validaremos las cifras y elaboraremos un presupuesto a su medida, sin compromiso.

Preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más habituales sobre la calculadora y la Ley de Segunda Oportunidad tras la STS 260/2026.

¿Cuánta deuda puedo cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?

La deuda privada (préstamos, tarjetas, microcréditos, avales personales, hipoteca en su parte deficitaria, etc.) es 100% exonerable. La deuda pública se exonera hasta 10.000 € por cada organismo acreedor (los primeros 5.000 € al 100% y el resto al 50%). Los créditos subordinados —intereses de demora, recargos, multas y sanciones tributarias— se exoneran íntegramente, sin tope, según la STS 260/2026.

¿Qué cambió con la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2026?

La STS 260/2026 confirma que los intereses de demora, recargos, multas y sanciones tributarias son créditos subordinados y, por tanto, se exoneran al 100% sin los límites aplicables a la cuota principal. En la práctica, esto amplía de forma significativa la cantidad de deuda pública que un particular o autónomo puede cancelar.

¿Cómo funciona el límite de 10.000 € con la deuda pública?

El tope de 10.000 € se aplica individualmente a cada organismo acreedor (Hacienda, Seguridad Social, ayuntamiento, etc.), no al conjunto. Dentro de esos 10.000 €, los primeros 5.000 € se exoneran al 100% y el 50% del tramo restante, hasta alcanzar el tope.

¿Puedo conservar mi vivienda si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí. Solo es exonerable el «crédito deficitario» (la parte de la hipoteca que supera el valor de mercado del inmueble). Si estás al corriente del pago o puedes acogerte a un Plan de Pagos, es posible mantener la vivienda habitual.

¿El cálculo de la calculadora es definitivo?

No. Es una estimación orientativa basada en la Ley de Segunda Oportunidad y en las sentencias del Tribunal Supremo de feb. 2026. Cada expediente requiere un análisis jurídico personalizado; por eso ofrecemos un estudio de viabilidad gratuito con nuestros abogados expertos, sin compromiso.

¿Qué deudas no son exonerables?

Quedan fuera de la exoneración las deudas por alimentos, responsabilidad civil derivada de delito, créditos laborales cuando el deudor es empleador y la deuda pública que supere los límites legales por organismo (salvo que se trate de créditos subordinados, que sí son 100% exonerables tras la STS 260/2026).

¿Necesito un abogado para usar la calculadora?

No, la calculadora es gratuita y de uso libre. Sin embargo, para iniciar el procedimiento de Segunda Oportunidad sí es preceptivo contar con abogado y procurador. Puedes solicitar un estudio de viabilidad gratuito a nuestros especialistas para validar los resultados y planificar los siguientes pasos.

¿Tu duda no está resuelta? Habla gratis con un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad.

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Eduardo Conde

Eduardo Conde

Hace 4 meses
★★★★★
Muy agradecido con todo el equipo de Picallo y ustedes reclamaciones zero muy empaticos y atentos desde el minuto uno, mil gracias ahora somos una familia nueva en general. Saludos desde Ourense. 100%
maria teresa patallo

maria teresa patallo

Hace 7 meses
★★★★★
Ustedes iniciaron un camino, que ha resultado totalmente satisfactorio.Gracias por su dedicación y por la labor efectuada, mi más sincero agradecimiento a todos
Javier Casado

Javier Casado

Hace un año
★★★★★
Excelente gestión, trato amable y profesional en todo momento. Os doy las gracias enormemente, porque cualquier ciudadano normal, se pierde en la jungla legal, y más en situaciones emocionales / económicas delicadas. Os recomendaré a todo aquel que lo merezca y se vea en situaciones delicadas. Millones de gracias !!!!

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