Complemento de paternidad para jubilados

Te decimos al instante si puedes solicitar el complemento de paternidad o el complemento para la reducción de la brecha de género. Solamente tienes que rellenar nuestro formulario y en unos minutos recibirás en tu correo la respuesta.

Reclamar complemento paternidad



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    ¿Quién puede beneficiarse?

    El complemento de paternidad está destinado a hombres con dos o más hijos que recibieron una pensión contributiva de jubilación, incapacidad o viudedad entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021.

    Si te jubilaste a partir del 3 de febrero de 2021, tienes derecho al nuevo complemento de paternidad llamado: Complemento para la reducción de la brecha de género.

    Este complemento reconoce el impacto de la crianza de los hijos en la carrera profesional y busca reducir la brecha de género en las pensiones.

    Esta prestación se reconoce a los hombres que hayan tenido al menos dos hijos o hijas biológicos o adoptados y sean beneficiarios de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. El objetivo de este complemento es compensar a las personas que hayan visto afectada su carrera profesional como consecuencia del nacimiento o adopción de sus hijos.

    Este complemento se basa en una sentencia del Tribunal Supremo que declaró discriminatorio el complemento de maternidad que solo se otorgaba a las mujeres en las mismas condiciones. El complemento consiste en un incremento de la cuantía de la pensión según el número de hijos.

    Novedades importantes

    Tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el complemento de paternidad ha cambiado de forma significativa.

    Ahora, los padres que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 pueden solicitar el complemento de paternidad en las mismas condiciones que las madres.

    Ya no es necesario acreditar que su carrera profesional se vio interrumpida ni cumplir requisitos adicionales: basta con haber tenido dos o más hijos y haber accedido a una pensión contributiva (jubilación, viudedad o incapacidad permanente).

    Otra novedad clave es que, tras esta sentencia, los prejubilados también pueden solicitar el complemento, salvo los pertenecientes a clases pasivas, que siguen excluidos.

    En resumen: si es padre, tiene dos o más hijos y se jubiló o prejubiló en esas fechas, puede reclamar el complemento aunque su solicitud fuera rechazada anteriormente o no la haya presentado aún.

    ¿Cómo se calcula el complemento de paternidad que deberías cobrar?

    La cuantía exacta del complemento dependerá de tu fecha de jubilación, la pensión que recibas y se aplicará un porcentaje en función del número de hijos que tengas:

    En el caso de haberte jubilado entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021:

        • 5% de incremento de tu pensión por 2 hijos.
        • 10% de incremento de tu pensión por por 3 hijos.
        • 15% de incremento de tu pensión por 4 hijos o más.

    En el caso de haberte jubilado después del 3 de febrero de 2021:

        • Se puede cobrar desde el primer hijo.
        • Lo puedes cobrar incluso si te has prejubilado (excepto clases pasivas).
        • 35,90€ por cada hijo en 14 pagas, con un máximo de 4 hijos.

    Esta reclamación tiene efecto retroactivo. En este caso, suponiendo que el juez decida que solamente se tienen en cuenta los últimos 5 años, te corresponderán 3.500€ + intereses legales.

    Además, si te obligan a acudir a la vía judicial, el Tribunal Supremo, ha fijado una indemnización adicional de 1.800€.

    Hemos recuperado: 34.679.742 €