RCI Banque: anulado un préstamo para comprar un coche por esconder el coste real
La TAE anunciada era del 10,51 % y la real superaba el 15 %: un juzgado de Ponferrada anula el contrato entero y condena a RCI Banque a devolver 4.541,22 €
El préstamo se firmó en 2017 y ya estaba cancelado.
Nuestro cliente financió la compra de un Renault Clio con RCI Banque, S.A. Sucursal en España. Pagó 66 cuotas de 218,81 €. RCI alegó que la reclamación estaba prescrita y que el contrato ya estaba pagado, y el juzgado rechazó ambos argumentos.
Los extras que se colaron en la financiación.
Sobre un capital de 12.194,64 € se cargaron dos conceptos:
- Una comisión de apertura de 359,74 €.
- 1.883,40 € en «servicios accesorios»: seguro, mantenimiento, vehículo de sustitución, Movipass y protección de pagos.
El contrato reconocía expresamente que el seguro de «protección de pagos», de 1.218,40 €, era obligatorio para conceder el crédito. Aun así, RCI no lo incluyó en la TAE.
Una TAE que no se correspondía con la realidad.
El contrato anunciaba una TAE del 10,51 %. El informe pericial la sitúa por encima del 15 %. Según la sentencia, al no contar un coste obligatorio, el cálculo era «erróneo y no ajustado a la realidad». Así el consumidor no podía conocer lo que realmente le costaba el préstamo ni compararlo con otras ofertas.
El fallo:
- Se estima íntegramente la demanda.
- La cláusula de intereses no supera el control de transparencia, y se declara la nulidad del contrato en su totalidad.
- RCI Banque debe devolver 4.541,22 €, más los intereses legales.
- Se rechaza la prescripción alegada por el banco.
- Se condena a RCI Banque a pagar todas las costas.
La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de León.
ARTÍCULO SUPERVISADO POR:
María Nieves Riol García
Abogada - Col. 2990 ICA León.
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