Oney pierde monitorio y el demandado obtiene 1.754€

Oney servicios financieros que compró la deuda a XMMT FINANCING DAC, presentó juicio Monitorio contra una cliente de Economía Zero en reclamación de una supuesta deuda por la cantidad de 1.754,54€.

La demandada se opone a dicha reclamación por usura en el contrato y cláusulas abusivas

Por la condición de consumidora de la demandante/prestataria, se encuentra amparada por el ámbito de la legislación protectora de consumidores en aplicación de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores

El efecto de una cláusula abusiva es su nulidad y la imposibilidad de integrarla en el contrato, el TJUE no permite al juez nacional integrar o modificar las cláusulas declaradas abusivas.

Por último el Magistrado del caso desestima la demanda interpuesta por Oney contra la cliente de Economía Zero que obtiene un beneficio Económico de 1.754,54€ al desestimarse el Monitorio.

Se imponen las costas del proceso a la entidad Oney.

Abogado director del procedimiento: Don Rodrigo Pérez del Villar Cuesta

Tarjetas de crédito

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Extractos relevantes de la sentencia

Por la parte actora se presentó, en nombre y representación de ONEY SERVICIOS FINANCIEROS E.F.C. S.A.U., petición inicial de Proceso Monitorio frente a XXXX, en reclamación de MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS y CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (1.754,54€). Por Auto de 2 de octubre de 2019, dictado en el seno del Juicio Monitorio 1077/2018 del que dimana el presente Juicio Verbal, se acuerda la sucesión procesal de XMMT FINANCING DAC en la posición de la demandada.
Ejercita la parte actora una acción de reclamación de cantidad con fundamento en el impago por la demandada de las cantidades reclamadas en base a contrato de tarjeta de crédito, siendo la peticionaria-demandante la cesionaria del crédito reclamado. La demandada rechaza la debida acreditación de la deuda reclamada, de las diferentes partidas, e invoca subsidiariamente la nulidad del contrato y la existencia de cláusulas abusivas.
No se discute la condición de consumidora de la demandante/prestataria, y por tanto se encuentra amparada por el ámbito de la legislación protectora de consumidores en aplicación de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Se trata de un contrato de financiación entre un profesional y un consumidor. Conforme a esta Directiva, y considerando consumidor a toda persona física que, en los contratos regulados por la propia Directiva, actúe con un propósito ajeno a su actividad profesional, se entenderá por cláusulas abusivas (art. 3) las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.

FALLO

DESESTIMO la demanda interpuesta en nombre y representación de ONEY SERVICIOS FINANCIEROS E.F.C. S.A.U. (XMMT FINANCING DAC por sucesión procesal) contra XXXX.

Se imponen las costas a la parte demandante.

Préstamos rápidos

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Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 1.754 €

Hemos recuperado un total de:

27.849.105 €
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