El consumidor contrató varios préstamos de GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN S.L, más conocido como Mykredit, entre el 22 de julio de 2020 y el 9 de julio de 2021.
El análisis de los contratos presentados en este caso revela una Tasa Anual Equivalente (TAE) extraordinariamente alta, oscilando entre el 2741% y el 3161%.
Según datos del Banco de España del año 2020, la TAE media ponderada para créditos al consumo de hasta un año se situaba entre el 2,74% y el 3,77%. Esta cifra es significativamente menor que la TAE aplicada en los contratos analizados. Por lo tanto, se concluye que la TAE de estos contratos es desproporcionadamente alta y no se justifica en comparación con la tasa media del mercado para créditos similares.
El caso que nos ocupa, la entidad crediticia, al parecer, impuso intereses remuneratorios excesivamente altos sin justificar adecuadamente el riesgo que ello suponía. No se tomaron en cuenta las circunstancias económicas del solicitante ni el propósito del préstamo, y no se realizó un estudio completo de la situación, priorizando la rapidez en la formalización del contrato.
El Banco de España ha señalizado en múltiples ocasiones que los créditos al consumo, incluidos los microcréditos con plazos inferiores a un año, deben regirse por el tipo estadístico correspondiente a los créditos al consumo de hasta un año publicados en sus tablas. Por lo tanto, los intereses aplicados en los contratos de microcréditos en cuestión son considerados usurarios y representan una carga desproporcionada para el consumidor.
Abogado director del procedimiento: Fernando Salcedo Gómez
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
La comparación debe (y en este caso no dice ‘puede’, sino ‘debe’) realizarse entre productos pertenecientes a una misma categoría de operaciones crediticias. Por tanto, concluye sancionando que para determinar si un micro préstamo es o no usurario, debe comprarse su TAE con la aplicada por entidades del mismo sector de actividad operaciones análogas, adjuntando documental acreditativa de dicha comparativa.
Para que la operación crediticia pueda ser considerada usuraria, basta con que se den los requisitos previstos en el primer inciso del art. 1 de la Ley de Represión de la Usura, esto es, «que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso», sin que se exija, acumuladamente, «que haya sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales».
En el presente caso, analizado en los contratos obrante en autos donde se pactan un TAE que oscila desde 2741-3161% , se debe acudir al interés aplicado para operaciones de similar naturaleza, por lo que según considera el Tribunal Supremo el parámetro comparativo que debe utilizarse como equivalente al precio normal del dinero será la media TAE que se publique oficialmente y que coincida con las circunstancias del caso; lo que nos lleva la Tasa media Ponderada (TAE) de créditos al consumo hasta 1 año publicada mensualmente por el Banco de España.
La apreciación del carácter usurario del contrato, conlleva igualmente, la no necesidad de valorar o entrar a analizar la segunda causa de nulidad invocada por la actora, por falta de transparencia, incorporación, y contenido, que se ejercitó de forma subsidiaria.
FALLO
SE ESTIMA INTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta en nombre y representación de D. XXXXXX, FRENTE A LA ENTIDAD GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN, S.L., y en consecuencia:
1.- SE DECLARA la nulidad RADICAL, ABSOLUTA Y ORIGINARIA de los contratos suscritos el 22/07/2020, 29/07/2020, 07/09/2020, 04/10/2020, 06/11/2020, 12/02/2021, 18/03/2021, 01/04/2021, 15/04/2021, 02/05/2021, 16/05/2021, 30/05/2021, 22/06/2021 y 09/07/2021, por tratarse de contratos USURARIOS;
2.- Y en consecuencia se CONDENA a la entidad GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN, S.L., a fin de que reintegre al actor las cantidades abonadas durante la vida del crédito, excedan de la cantidad dispuesta, cuya determinación tendrá que producirse en ejecución de sentencia, más los intereses legales.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
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