Obtiene 1.578€ de beneficio tras oponerse a Monitorio de Lc Asset

LC ASSET 1 SARL presentó una demanda de juicio monitorio contra una clienta de Economía Zero, reclamándole 2,866,23€.

La consumidora contrató una tarjeta de crédito con fecha 21 de septiembre de 2011con Santander Consumer E.F.C. y este cedió su deuda a LC ASSET 1 SARL  por un importe de 2,866,23€.

La demandada presentó oposición dentro del plazo de 20 días hábiles.

La parte demandada manifestó su oposición alegando la nulidad del contrato de préstamo por tipo de interés usurario, la nulidad de las cláusulas que componen el precio del contrato (intereses remuneratorios) y de las que nace la supuesta deuda reclamada, por no superar el doble control de transparencia, así como la nulidad de la cláusula que fija las “comisiones por estudio y apertura”.

En el presente caso, la TAE fijada en el contrato es de 21,4446%, siendo totalmente desproporcionada, cuando el interés medio para los créditos al consumo, según el Banco de España en 2011 era del 8,57%.

La demandada solicitó 4000€ pagó 2.696,13€ por lo que le quedaría por devolver 1.303,87€ al declararse nulo el contrato por lo que la consumidora obtiene un beneficio económico de1.578,20€ al reducirse considerablemente la deuda que la reclamaban que ascendía a 2,866,23€.

El Magistrado del caso estima parcialmente la demanda declarando nulo el contrato suscrito entre las partes y la demandada solo tendrá que devolver el capital inicial prestado que asciende a 1.303,87€.

Abogado director del procedimiento: Don Daniel González Navarro

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

Con fecha 21-03-22, por el Procurador de los Tribunales Sr. XXXX en nombre y representación de la la entidad LC ASSET 1 SARL, se presentó escrito de impugnación a la oposición, alegando las manifestaciones que tuvo por convenientes y que se dan aquí por reproducidas, solicitando se proceda a dictar Sentencia en la que se estime íntegramente la presente reclamación, condenando a DOÑA XXXX, al pago del importe reclamado en la presente demanda, DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON VEINTITRES CENTIMOS (2.866,23 €) de principal, más las costas y los intereses legalmente procedentes.
Dicho crédito fue cedido por Santander Consumer E.F.C. a LC ASSET 1 SARL mediante contrato de cesión de créditos de 22 de febrero de 2018, elevado a público el mismo día, siendo la sociedad LC ASSET 1 SARL la nueva titular de todos los derechos derivados de dicho crédito.
El precepto exige que ese interés sea «notablemente superior», o que el préstamo se otorgue en unas condiciones (plazo inexistente, garantías desmesuradas, pactos de retro, etcétera) que deban calificarse como «leonino» (vocablo que tiene su origen en «la parte del león», y que supone un contrato que es ventajoso solo para una de las partes, con falta de reciprocidad), y que hace referencia a «lo que es descarado» o «desmesurado en grado sumo».
Las tablas publicadas por el Banco de España acreditan que el tipo medio ponderado de los créditos al consumo en el año 2011 estaba en un 8,57%, por lo tanto, una TAE del 21,4446%, como la significada en el contrato resulta usuraria por ser notablemente superior al referido tipo de interés medio o normal del 8,57% a considerar.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. XXXX en nombre y representación de la entidad LC ASSET 1 SARL contra Dª. XXXX representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. XXXX sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la actora la suma de MIL TRESCIENTOS TRES EUROS CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (1.303,87€), más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial e incrementados en dos puntos a partir de esta resolución y hasta su completo pago.

Préstamos rápidos

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Procedimientos monitorios

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Importe recuperado: 1.578 €

Hemos recuperado un total de:

27.849.105 €
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