Un usuario recupera 4.877,05€ tras la sentencia a Caixabank que anula su contrato de tarjeta de crédito revolving.
Entre las partes se llevó a cabo un contrato de tarjeta de crédito revolving, comercializado en un establecimiento IKEA, en fecha 20 de septiembre de 2010, en el que se estableció un tipo de interés TAE anual del 25,63%.
El tipo de interés medio utilizado por el Banco de España para los créditos con tarjeta revolving en la fecha del contrato era del 19,2940 %, por lo que cabe apreciar el interés expuesto notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, por tanto, nulo por usurario.
Abogado director del procedimiento: Martí Solà Yagüe
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por D. XXXXXX frente a CAIXABANK CONSUMER FINANCE S.A, se declara la nulidad por usuario del contrato de suscripción de una tarjeta revolving de fecha 20 de septiembre de 2010, condenando a la demandada a la devolución de las cantidades abonadas durante la vida del contrato que excedan de la cantidad dispuesta, si las hubiere, -cantidad que se determinará en ejecución de sentencia- todo ello con sus intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Con imposición de costas a la parte demandada.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
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