Las TAE de los distintos contratos variaron entre el 561,39% y 2.963,51%Este tipo de créditos se caracterizan por concederse a través de internet de manera inmediata. El juez teniendo como referencia la tabla de tipos de interés publicada por el Banco de España, considera que estos porcentajes son elevados. En el apartado de las tarjetas de crédito y «revolving» del año 2020 el porcentaje mas elevado osciló entre el 18,01% y el 18,42%.
Por lo tanto el juez considera que la TAE es desproporcionada con respecto al interés común, por lo que lo considera usurario.Finalmente, Moneyman es condenado por usura en los intereses, teniendo que devolver todo lo cobrado por encima del capital inicial prestado más los intereses legales hasta la fecha de ejecución de la sentencia, cantidad que suma 1.350€. Igualmente Moneyman (ID FINANCE) tendrá que pagar las costas procesales.
Abogada directora del procedimiento: Azucena Natalia Rodríguez Picallo
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
La parte actora, Doña XXXX , solicita en su demanda que, con carácter principal, se declare la nulidad por usura de los siguientes contratos suscritos por la demandante con la mercantil denominada IDFINANCE SPAIN, S.A.; contrato de préstamo de fecha 4 de diciembre de 2020; contrato de préstamo de fecha 2 de febrero de 2021; contrato de préstamo de fecha 19 de abril de 2021; contrato de préstamo de fecha 7 de noviembre de 2021 y, contrato de préstamo de fecha 7 de diciembre de 2021, condenando a la entidad demandada a restituir a Doña XXXX la suma de las cantidades percibidas en la vida de los préstamos que excedan del capital prestado, más los intereses legales devengados de dichas cantidades.
En las presentes actuaciones, consta acreditado, la celebración entre las partes de un contrato de préstamo de fecha 4 de diciembre de 2020 donde se estipuló como importe de crédito 300 euros, una TAE del 0%, con fecha de vencimiento 3 de enero de 2021, procediendo al pago de la cantidad total final de 399 euros, con base a la cláusula 12 del contrato, TAE 561,39%; contrato de préstamo de fecha 2 de febrero de 2021 donde se estipuló un TAE del 2.963,51% y un TIN del 33%; contrato de préstamo de fecha 19 de abril de 2021 con un TAE del 1.853,08% y un TIN mensual del 28,10%; contrato de préstamo de fecha 7 de noviembre de 2021, fijándose un TAE del 1.563,28% y un TIN del 26,40% y, finalmente un contrato de préstamo de fecha 7 de diciembre de 2021 donde se estipuló un TAE de 1.660,53% y, un TIN del 27%
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Doña XXXX interpuesta frente a Idfinance Spain S.A y debo declarar y declaro la nulidad por usura de los siguientes contratos suscritos por la demandante con la mercantil denominada IDFINANCE SPAIN, S.A.
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- contrato de préstamo de fecha 4 de diciembre de 2020
- contrato de préstamo de fecha 2 de febrero de 2021
- contrato de préstamo de fecha 19 de abril de 2021
- contrato de préstamo de fecha 7 de noviembre de 2021
- contrato de préstamo de fecha 7 de diciembre de 2021
Condenando a la entidad demandada a restituir a Doña XXXX la suma de las cantidades percibidas en la vida de los préstamos que excedan del capital prestado, más los intereses legales devengados de dichas cantidades.
Con imposición de costas a la parte demandada.
Préstamos rápidos
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