El cliente solicitó una hipoteca a Bankinter en 2010 para adquirir una vivienda, y pagó los gastos de notaría, registro, gestoría, impuesto y tasación. En 2019, reclamó a Bankinter la devolución de esos gastos, alegando que la cláusula que los imponía era abusiva y nula. Bankinter se opuso a la reclamación, argumentando que la cláusula era transparente y que el cliente había consentido libremente los gastos.
El juez estimó parcialmente la demanda del cliente, y declaró la nulidad de la cláusula que atribuía al prestatario todos los gastos derivados del préstamo hipotecario. El juez consideró que la cláusula no superaba el control de transparencia, ya que no informaba al cliente de que algunos de esos gastos correspondían al prestamista por ley. El juez también aplicó la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que establecen que los gastos de notaría, registro e impuesto deben repartirse entre las partes según el beneficio que obtienen de cada acto jurídico.
En consecuencia, el juez condenó a Bankinter a devolver al cliente el 50% de los gastos de notaría, el 50% de los gastos de registro, el 100% de los gastos de gestoría y el 50% del impuesto. El juez también condenó a Bankinter al pago de los intereses legales desde la fecha de cada pago y al pago de las costas procesales.
Abogada directora del procedimiento: Azucena Natalia Rodríguez Picallo
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Extractos relevantes de la sentencia
FALLO
Estimo íntegramente la demanda y declaro la nulidad de las cláusulas litigiosas sobre gastos en los términos establecidos en esta resolución y, en consecuencia, condeno a la parte demandada al pago de los gastos de acuerdo con las lo señalado en esta sentencia, más el interés legal desde la fecha de cada cobro indebido.
Todo ello con expresa condena en costas de la parte demandada.
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