El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alzira declara la nulidad de un contrato de línea de crédito usurario de Cofidis S.A., debiendo la entidad reintegrar a un usuario de EZ 1.511,67 €. Entre las partes se llevó a cabo, el 13 de Noviembre de 2015, un contrato de línea de crédito en el que se establecía un interés remuneratorio del 24,51% TAE, siendo el tipo de interés medio de los créditos al consumo en ese momento del 21,13 %. Por lo expuesto, cabe apreciar el interés estipulado notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, puesto que por la crediticia no se ha justificado la interposición del elevado tipo de interés del contrato. En consecuencia, procede la nulidad del presente contrato por usura.
Abogado director del procedimiento: Martí Sola Yagüe
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
La sentencia recurrida fijó como hecho acreditado que el interés del 24,6 % TAE apenas superaba el doble del interés medio ordinario en las operaciones de crédito al consumo de la época en que se concertó el contrato, lo que, considera, no puede tacharse de excesivo.
La cuestión no es tanto si es o no excesivo, como si es «notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso», y esta Sala considera que una diferencia de esa envergadura entre el TAE fijado en la operación y el interés medio de los préstamos al consumo en la fecha en que fue concertado permite considerar el interés estipulado como «notablemente superior al normal del dinero» .
En el supuesto objeto del recurso, la sentencia recurrida fijó como hecho acreditado que el interés del 24,6 % TAE apenas superaba el doble del interés medio ordinario en las operaciones de crédito al consumo de la época en que se concertó el contrato, lo que, considera, no puede tacharse de excesivo.
La cuestión no es tanto si es o no excesivo, como si es «notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso«, y esta Sala considera que una diferencia de esa envergadura entre el TAE fijado en la operación y el interés medio de los préstamos al consumo en la fecha en que fue concertado permite considerar el interés estipulado como «notablemente superior al normal del dinero«.
«El carácter usurario del crédito «revolving» conlleva su nulidad, que ha sido calificada por esta Sala como «radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insubsanable, ni es susceptible de prescripción extintiva» sentencia núm. 539/2009, de 14 de julio.
Las consecuencias de dicha nulidad son las previstas en el art. 3 de la Ley de Represión de la Usura, esto es, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida».
FALLO
ESTIMANDO la demanda formulada por Dña. XXXXXX, que ha estado representada por el procurador Sr. XXXXXX contra COFIDIS, S.A. que ha estado representado por la procuradora Dña. XXXXXX, debo DECLARAR Y DECLARO la nulidad por usurario del contrato de línea de crédito celebrado entre la demandante y COFIDIS S.A. el 13-11-2015, condenando a la entidad demandada a que reintegre a la demandante las cantidades abonadas indebidamente por esta de una manera inadecuada durante la vida del crédito, en concepto de intereses, dejando su cuantificación para procedimiento posterior y con imposición de costas al demandado.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.
Importe recuperado: 1.511,67 €
Necesito informacion he estado liada con creditos de cofidis mas de 20 años gracias a Dios deuda saldada pero no se si durante esos 20 años han ejercido usura conmigo… si lo han echo, quiero devolucion.
Hola María
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta.
Respecto a tu consulta, es muy posible que la nulidad de los contratos por usura sea viable, aunque para saberlo con exactitud necesitamos saber la TAE de cada producto.
Resumiendo un poco el contenido del procedimiento a seguir, lo que conseguimos es que se declare la nulidad de la línea de crédito que tiene asociados unos intereses (TAE) abusivos (dependiendo del mes y año de contratación, igual o superior al 18 % ya sea o no tipo revolving).
La principal consecuencia de la declaración de la nulidad de la línea de crédito es que, sólo tendrás que devolver al Banco la cantidad que realmente te prestó; anulando por tanto todo lo que hayas pagado en concepto de intereses, comisiones, seguros y cualquier otro cargo que no sea específicamente la devolución del principal de la línea de crédito y anulando también la «supuesta deuda» que el banco dice que aún te queda por pagar. Si se diera el caso de que con tus pagos mensuales, ya has satisfecho el total de la cantidad que realmente te prestaron, cuando se declare la nulidad de la línea de crédito, el banco tendría que devolverte todo lo que hayas pagado de más.
La estrategia de reclamación que seguimos desde ECONOMÍA ZERO es ocuparnos de toda la reclamación, desde el principio hasta el final. Te explicamos en un PDF las fases de la reclamación y los posibles costes.
Cualquier duda que tengas, puedes llamarnos al 987 025 011.
Finalmente, comentarte que los datos que necesitamos para elaborarte los documentos necesarios para formalizar tu reclamación son los siguientes:
· Nombre y apellidos del titular.
· Dirección completa.
· Nº de DNI y copia escaneada del mismo.
· Nº de contacto (indícanos también una franja horaria en la estés disponible).
· Nombre de la entidad
· Nº que identifique el producto (nº contrato/s; nº cliente, etc.).
Aprovechamos para recomendarte que visites nuestro listado de entidades y productos reclamables por usura, por si tuvieras otro préstamo o crédito con intereses abusivos que pudieras reclamar.
Estamos a tu disposición para cualquier aclaración que precises.
Saludos cordiales.
Buenas tardes Sergio,
Me acaban de ingresar el dinero.
Muchísimas gracias por todo, cuando puedas dime cómo proceder y qué cantidad os tengo que abonar.
Un saludo
Buenas Laura
Qué gran noticia es para nosotros que te haya devuelto BANKIA el total del dinero que te había cobrado indebidamente en concepto de comisiones por descubierto.
Todo el equipo de Economía Zero te damos la enhorabuena por esta devolución tan rápida y satisfactoria que te han efectuado tras la reclamación. En los próximos días, procederemos a sumar a nuestra hucha de reclamaciones los 428,20 € que has recuperado.
Te adjuntamos la factura de nuestros honorarios que acordamos antes de iniciar la reclamación (15 % + IVA de las cantidades recuperadas tras la reclamación). El número de cuenta donde tienes que hacer el ingreso es el siguiente: ES91 1491 0001 2130 0009 9633 (Triodos Bank). Una vez que recibamos el ingreso, te lo confirmaremos.
Como la devolución que te han efectuado se corresponde con toda la cantidad de comisiones por descubierto indebidas que reclamamos, una vez que recibamos el ingreso de nuestros honorarios, procederemos al cierre del expediente debido a la resolución satisfactoria que hemos obtenido del mismo de manera extrajudicial.
Finalmente, necesitamos que nos envíes un extracto de la cuenta con los últimos movimientos desde enero hasta la fecha para poder incluirlo en tu expediente junto con el resto de la documentación.
Quedamos como siempre, a tu disposición ante cualquier duda.
Muchas gracias por confiar en nosotros y de nuevo enhorabuena.
Un saludo.