En este caso, el cliente se encontraba trabajando para una empresa española pero que prestaba sus servicios tanto en Jamaica como en República Dominicana, lugares a los que se trasladó el cliente y en los que le hacían trabajar entre 10 y 12 horas diarias de lunes a sábado, incluso requiriendo que las realizase los domingos, alterando la empresa los partes de jornada.

El cliente, llegado el mes de julio, solicitó 15 días de vacaciones (habiendo generado 28) para poder venir a España, a lo que la empresa se negó, dándole tan solo 5 días.

Esto motivó que el cliente protestase por las condiciones de la empresa, motivando esto que, en los siguientes días, la empresa le realizase un despido disciplinario, alegando tanto desobediencia a sus superiores, como absentismo laboral, siendo esto último totalmente ridículo al alegar la empresa que el trabajador había faltado al trabajo el mismo día que le hacían entrega en mano de la carta de despido.

Cabe recordar que en un Despido Disciplinario, el trabajador, no tiene derecho a indemnización.

Tras esto, el cliente se puso en contacto con nosotros a mediados de julio y tras estudiar su caso y ver que nos encontrábamos ante un despido improcedente en toda regla, presentamos la papeleta de conciliación al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

En estos casos, una vez presentada la papeleta de conciliación, si transcurren los 15 días sin que se celebre el acto de conciliación, dicha papeleta queda sin efecto y se reanudan los plazos de caducidad o prescripción para presentarla nuevamente según el artículo 65.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social. Así que, tuvimos que presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, en este caso, en el domicilio del demandado.

Tras ser notificada la parte demandada,nos encontramos con que se ponen en contacto con nosotros para llegar a un acuerdo. Tras varios días de negociaciones, ofertas y contraofertas, llegamos a un acuerdo por el cual reconocen la improcedencia del despido y pagaban la cantidad de 1.700 € netos en concepto de indemnización para nuestro cliente.

Presentamos el acuerdo ante el Juzgado de lo Social, que acordó homologar el acuerdo transaccional, archivando así las actuaciones, mediante Auto de Homologación.

Al día siguiente, la empresa, ingresó los 1.700 € en la cuenta de nuestro cliente, poniendo así fin al procedimiento y obteniendo lo que nuestro cliente quería.

Graduado social del procedimiento: Ignacio Casas Pesquera

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

FALLO

QUE DEBO ACORDAR Y ACUERDO HOMOLOGAR el acuerdo transaccional alcanzado entre el trabajador D. XXXX y las empresas y cuyos términos constan reproducidos en el Antecedente de Hecho Segundo de la presente resolución.

Firme que sea la presente resolución procédase al archivo de las actuaciones sin más trámite.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Indeminización: 1.700 €