Exonerar deudas con Hacienda y la Seguridad Social con la Ley de Segunda Oportunidad

El procedimiento de segunda oportunidad y las deudas públicas

Muchas personas que quieren acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad se preguntan si las deudas contraídas con las administraciones públicas como la Seguridad Social y Hacienda también son cancelables.

Si se pueden exonerar deudas con Hacienda y la Seguridad Social con la ley de Segunda Oportunidad.

En un principio, se puede decir que SI. Podemos cancelar hasta 10.000€ de deuda con Hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad social. Pero en este artículo te vamos a explicar en detalle cómo funciona esta exoneración con la Ley de Segunda Oportunidad.

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Nuestro abogado colaborador Daniel González Navarro, explica en detalle cómo funciona la exoneración de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

La exoneración de deudas con Hacienda y la Seguridad Social

Hemos dicho que se pueden exonerar hasta 20.000€. 10.000€ con Hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad Social. Pero hay que matizar cómo funciona exactamente esta exoneración.

Podemos pensar que si tenemos 10.000€ de deuda con una de estas Administraciones públicas, quedaremos exonerados por completo, pero NO es así. Se exoneran los primeros 5.000€ y el resto de la deuda el 50%, hasta un máximo de 10.000€

Estas limitaciones se aplican tanto para Hacienda, como para la Seguridad social.

  • Los primeros 5.000€ quedan exonerados por completo 100% 100%
  • Del resto de la deuda se exonera el 50% hasta llegar a un máximo de exoneración de 10.000€ 50% 50%

Para una deuda de 10.000€ con Hacienda o la Seguridad Social

  • Los primeros 5.000€ quedan exonerados (10.000€ – 5.000€). Nos queda una deuda de 5.000€.
  • De estos 5.000€ restantes, aplicamos la reducción del 50%, quedándonos 2.500€.
  • Total reducciones: (5.000+2.500) 7.500€.
  • Como los 7.500€ no llegan a 10.000€ tendríamos que pagar los 2.500€ restantes.
  • Total exoneración: 7.500€

Para una deuda de 50.000€ con Hacienda o la Seguridad Social

  • Los primeros 5.000€ quedan exonerados (50.000€ – 5.000€). Nos queda una deuda de 45.000€.
  • De estos 45.000€ restantes, aplicamos la reducción del 50%, quedándonos 22.500€.
  • Total reducciones: (5.000+22.500) 27.500€.
  • Como la exoneración máxima es de 10.000€ tendríamos que pagar los 17.500€ restantes.
  • Total exoneración: 10.000€
Deudas con la Seguridad Social y Hacienda en el procedimiento de Segunda Oportunidad

¿Puede haber cambios sobre esta normativa?

En la actualidad hay varias cuestiones prejudiciales planteadas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre este tema, ya que la directiva Europea no establece los límites de 10.000€ con hacienda y la seguridad social que tenemos en España.

A continuación te mostramos las directrices que presenta la normativa Europea en la actualidad:

    • Establece que se deben eliminar todas las deudas sin ningún tipo de restricción.
    • Permite una prerrogativa de las deudas públicas pero no en los procedimientos de cancelación, solo en los planes de reestructuración.
    • Posibilita que los Estados miembros puedan decidir cómo conseguir la condonación de deudas pero no que puedan decidir cuales se pueden exonerar y cuáles no.
    • Establece excepciones para conseguir la cancelación total de las deudas aunque solo para los supuestos de mala fe por parte del deudor.
      Contempla la opción de que en circunstancias altamente justificadas, los Estados miembros tengan la capacidad de excluir ciertas clases de deudas.

Como consecuencia de estas normas, los ciudadanos españoles se encuentran en una situación de desigualdad con respecto a las personas de otros Estados miembros.

¿A dónde acudir para solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad?

Si quieres conseguir la exoneración del Pasivo Insatisfecho porque no puedes pagar las deudas que tienes, lo mejor es que te pongas en contacto con un abogado experto en ley de segunda oportunidad de Economía Zero.

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27.849.105 €
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