Reclamar Complemento de paternidad 2023

Reclamar Complemento de paternidad

¿Qué es el complemento de paternidad?

El complemento de maternidad para hombres fue creado para incrementar los importes de las pensiones de jubilación de las mujeres que hubieran sido madres de dos o más hijos en el año 2016.

Sin embargo, con el paso del tiempo los tribunales comenzaron a ser objeto de demandas interpuestas por padres que alegaban que el complemento era discriminatorio.

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del 12 de diciembre de 2019 declaró que este complemento era discriminatorio por razón de sexo, reconociendo el derecho al complemento a los hombres.

Reclamar complemento paternidad

El afectado, cobrará todos los atrasos desde el día en el que se jubiló, hasta la fecha en que consigamos la sentencia.

Desde entonces, los hombres pueden reclamar al Instituto Nacional de la Seguridad Social e incrementar el importe que reciben mensualmente por su pensión.

Aun así, la mayoría de las veces, después de enviar la solicitud a la Seguridad Social con la reclamación previa a la vía judicial, el INSS deniega este complemento y aunque cumplen con los criterios establecidos, tienen que acudir a los tribunales.

En la actualidad, el complemento de maternidad ya no existe, en su lugar se creó el conocido como complemento para la reducción de la brecha de género (Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero).

Requisitos para cobrar el complemento de paternidad

Las condiciones para reclamar el complemento de maternidad para hombres son las siguientes:

    • Ser hombre
    • Tener el reconocimiento de la pensión contributiva de jubilación de viudedad por fallecimiento del otro progenitor; jubilación o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
    • Se aplica en jubilaciones anticipadas «forzosas», no pueden ser voluntarias o parciales.
    • Tener dos o más hijos en común independientemente de la edad que tengan.

Los hombres que reclaman el complemento de paternidad tienen derecho a percibir un incremento en su pensión de jubilación o incapacidad, que será el siguiente en función del número de hijos que tengan:

    • Un 5% si tuviste o adoptaste dos hijos.
    • Un 10% si tuviste o adoptaste tres hijos.
    • Un 15% si tuviste o adoptaste cuatro o más hijos.

Al principio una de las condiciones era que solo uno de los dos progenitores podría percibirlo.
Pero desde la sentencia del Tribunal Supremo de mayo del 2023 los dos padres pueden cobrar de forma simultánea el complemento de maternidad por aportación demográfica.

¿Prescribe el complemento de paternidad?

Según la Ley General de la Seguridad Social el periodo en el que se pueden reclamar las prestaciones de la Seguridad Social es de 5 años. Sin embargo, el Tribunal Supremo en febrero de 2022 estableció que el plazo de prescripción del complemento de maternidad para hombres es de 5 años desde la sentencia del TJUE de 2019 en la que declaraba que el complemento era discriminatorio. Es decir, hasta 2024.

A pesar de todo, recientemente se han publicado sentencias en juzgados de primera instancia en las que se da la razón a los usuarios, estableciendo que aunque hayan pasado cinco años desde el reconocimiento de la prestación, no ha prescrito el derecho al mismo ya que el complemento de maternidad no es distinto de la pensión de jubilación y esta prestación no prescribe.

En Economía Zero recomendamos reclamar cuanto antes para que puedas empezar a percibir el complemento con la mayor brevedad.

¿Puedo pedir una indemnización por el Complemento de Jubilación por Paternidad?

La respuesta es si. Recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia en la que declara que los hombres que reclamen tienen derecho a recibir una indemnización adicional como consecuencia del perjuicio que supone estar sometidos a una doble discriminación: por razón de sexo y por verse obligados a acudir a los tribunales para reclamarlo.

Según esta sentencia la decisión sobre la cantidad a percibir por esta indemnización la debe decidir el juez. No obstante tendrán que indemnizarse todos los gastos que se justifiquen, las costas y los honorarios del abogado.

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