Un usuario de Economía Zero recupera 2.484,40 € tras la nulidad de una línea de crédito de Cofidis

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Ronda declara la nulidad de una línea de crédito de Cofidis por la que la entidad es condenada a devolver 2.484,40 € a un usuario de Economía Zero. La parte actora suscribió, en fecha 23 de julio de 2013, un contrato de tarjeta de crédito con Cofidis en el que se estipuló un TAE del 24,51%, siendo el tipo medio de interés aplicado a las operaciones de crédito en ese año del 5,06%. Ante lo expuesto, el interés fijado en el contrato de crédito ha de considerarse notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso y, por tanto, usurario.

Abogado director del procedimiento: Daniel Navarro Salguero

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Extractos relevantes de la sentencia

No puede justificarse la fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero por el riesgo derivado del alto nivel de impagos anudado a operaciones de crédito al consumo concedidas de un modo ágil (en ocasiones, añadimos ahora, mediante técnicas de comercialización agresivas) y sin comprobar adecuadamente la capacidad de pago del prestatario, pues la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico.

El carácter usurario del crédito concedido conlleva su nulidad, que ha sido calificada por dicha sala como «radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente subsanable, ni es susceptible de prescripción extintiva».

Estimada la demanda y declarada la nulidad del contrato procede de conformidad con el art. 3 LRU, condenar a la demandante a abonar a la demandante el reintegro de las cantidades cobradas indebidamente en virtud de dicha cláusula, junto con los intereses correspondientes.

En materia de costas, estimada la demanda y conforme al Art. 394 de la LEC, la parte demandada abonará las mismas en su integridad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. XXXXXX en nombre y representación de D. XXXXXX debo declarar y declaro nulo el contrato de fecha 23 de julio de 2013 suscrito entre las partes, condenando a COFIDIS S.A SUCURSAL EN ESPAÑA a abonar a la demandante el reintegro de las cantidades cobradas indebidamente en virtud de dicha cláusula, junto con los intereses correspondientes, excepto las correspondientes al capital principal, y costas del presente procedimiento.

Tarjetas de crédito

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Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 2.484,40 €

Hemos recuperado un total de:

27.849.105 €
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