Sentencia Servicios Prescriptor y Medios de Pago

Una persona demandó a SERVICIOS PRESCRIPTOR Y MEDIOS DE PAGO para anular un préstamo que firmó el 18 de marzo de 2018. La empresa dijo que ya había cancelado el préstamo y devuelto el dinero (545,94 €), por lo que no había necesidad de un juicio.

En una audiencia previa, la persona que demandó dijo que la empresa solo estaba tratando de evitar pagar los costas del juicio. La entidad mostró un recibo de devolución del dinero, hecho el 25 de marzo de 2024, pero la demanda se presentó el 8 de enero de 2024, y había una reclamación previa del 11 de julio de 2023. La persona que demandó argumentó que esto era un intento de evitar el juicio.

El juez decidió anular el contrato del préstamo por ser abusivo y, como la empresa ya había devuelto el dinero, no era necesario devolver más. Además, como la persona que demandó intentó resolver el problema a través de una reclamación previa y no recibió respuesta por parte de la entidad, la empresa tuvo que pagar los costas del juicio.

El consumidor ha obtenido un beneficio económico de 2.845,94 €.

Abogada directora del procedimiento: Azucena Natalia Rodriguez Picallo

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

Ejercita la actora en el presente juicio acción por la que interesa la declaración de nulidad del contrato suscrito con la demandada con base a lo prevenido en los artículos 1 y siguientes de la Ley de 23 de julio de 1908, de represión de la usura, y su más moderna interpretación jurisprudencial; debiendo considerarse usuario y, por tanto, nulo, el interés remuneratorio – del 19,56 % TAE contratado. Con carácter subsidiario, se interesa la nulidad de cláusula de intereses remuneratorios, así como de la que regula la comisión por posiciones deudoras.

Fue aportado justificante de ingreso de 545,94 € por la parte demandada. Ingreso que se realizó en fecha 25 de marzo de 2024, siendo presentada la demanda el día 8 de enero de 2024, y constando una reclamación previa de 11 de julio de 2023. Por lo que más parece que estaríamos ante un allanamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tal y como manifestó la parte actora.

En el caso que nos ocupa, lo cierto es que a pesar de que la parte actora intentó evitar el procedimiento judicial, instando la reclamación previa en fecha 11 de julio de 2023 (documento nº 4 de la demanda), no obtuvo respuesta favorable de avenencia o acuerdo de la parte demandada. Viéndose la parte actora obligada a instar el presente procedimiento, para finalmente abonar la cantidad que correspondería de la condena que pudiera resultar de un pronunciamiento estimatorio de la demanda.

FALLO

SE ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por la representación procesal de D. XXXX frente a SERVICIOS PRESCRIPTOR Y MEDIOS DE PAGO, S.A., declarando la nulidad radical por usurario del contrato de fecha 18 de marzo de 2018, suscrito entre la actora y la entidad demandada, sin condena a restitución.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 2.845 €

Hemos recuperado un total de:

30.226.174 €
Entradas relaccionadas