El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de San Lorenzo del Escorial declara nulo el contrato de tarjeta de crédito suscrito por un usuario de Economía Zero con la entidad BBVA por aplicar un tipo de interés usurario del 24,60 %.
La parte actora pactó con la entidad demanda un contrato de tarjeta de crédito, el 5 de julio de 2017 , disponiendo así de una línea de crédito asociada a dicha tarjeta.El tipo de interés remuneratorio fijado en el contrato era del 24,60% TAE cuando el tipo de interés de crédito al consumo para operaciones inferiores a un año que en España en los últimos años ha venido oscilando entre el 8% y el 10%.
Las consecuencias que derivan del carácter usurario del crédito son la nulidad del contrato «radical, absoluta y originaria«.
La Magistrada del caso, estimando la demanda formulada frente a BBVA, declara que el interés remuneratorio impuesto al consumidor en el contrato de tarjeta litigioso es usurario, lo que determina la nulidad de contrato de acuerdo con la Ley de represión de la Usura.
Asimismo, se condena a la demandada a fin de que reintegre al actor las cantidades abonadas durante la vida del crédito que excedan de la cantidad dispuesta, cantidad que se eleva a 974,67€.
Se condena en costas a la parte demandada.
Abogado director del procedimiento: Martí Solá Yagüe
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
A consecuencia de una oferta comercial recibida por la actora por parte de la entidad demandada, aquella contrató la tarjeta litigiosa como medio de pago de sus gastos y compras personales y de ocio. De sus condiciones y circunstancias de contratación destaca los siguientes aspectos:
(1).- Los elevados intereses remuneratorios previstos en el Reglamento de la Tarjeta, que ascienden a 24,60% TAE, cuando el tipo de interés de crédito al consumo para operaciones inferiores a un año que en España en los últimos años ha venido oscilando entre el 8% y el 10%.
(2).- La forma de contratación carente de transparencia al no trasladar las onerosas condiciones de la tarjeta.
FALLO
Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por representada por la procuradora , contra BBVA (BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA SA) representado por la Procuradora debo:
1º.- Declarar nulo el préstamo concertado entre las partes, y en consecuencia condenar a la demandada a que abone a la actora lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.
La suma que deberá abonar la parte demandada a la actora devengará los intereses ex art. 576 LEC
2º.- Condenar en costas a la parte demandada.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.
Importe recuperado: 974 €