En 1996, se suscribió un contrato de tarjeta de crédito «Al campo Oney» bajo la modalidad de financiación «revolving».
El cliente presentó una demanda cuestionando la validez de dicho contrato debido a la falta de información clara proporcionada en el momento de la firma. El cliente, alegó no haber sido informado adecuadamente sobre las características esenciales del crédito, incluyendo el tipo de interés remuneratorio y otras condiciones relevantes.
El contrato no especificaba el Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable, sino que este dato solo se reflejaba en los extractos mensuales de la tarjeta, con porcentajes que variaban entre el 21,84% y el 22,28%. Este método de comercialización impidió que el consumidor comprendiera completamente el impacto económico y legal del acuerdo.
La falta de pruebas sobre la transparencia y la correcta incorporación de las condiciones generales del contrato llevó a la parte demandante a solicitar la nulidad del mismo por considerarlo usurario. El tribunal, tras evaluar los argumentos presentados, declaró la nulidad del contrato por usura y ordenó la devolución de los montos indebidamente cobrados.
El cliente ha obtenido 3.595€ de beneficio económico.
Abogada directora del procedimiento: Maria Lourdes Galve Garrido
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
Sobre la denuncia acerca de la falta de incorporación y transparencia del referido contrato, así como con respecto
a la abusividad de las condiciones generales de la contratación, tenemos que poner de relieve, como se ha indicado antes , la ausencia de una completa constatación formal , escrita, que nos permita tener un conocimiento completo de los términos en que se contrató por parte del Sr .XXXX la financiación obtenida de la entidad «Oney».
No se ha demostrado que el cliente, aquí parte actora, en el momento de la suscripción del contrato quedara suficientemente informado acerca de las características del crédito que obtenía a través de la formalización de la tarjeta de crédito .
Si acudimos al documento nº 5 de los de la demanda, nº 7 del visor digital, en el extracto de movimientos, en el fechado a 21 de julio de 2010 a 20 de agosto de ese mismo año, así como en las sucesivas anualidades hasta 2019, consta un TIN de 1,66 y un TAE de 21,84%. Es a partir del 21 de marzo de 2019 a 20 de abril de ese mismo año cuando tales porcentajes se incrementan : TIN 1,69 y TAE en 22 ,28%. Y, estos mismos valores se aplican durante al año 2020 .
Corno se ha expresado más arriba, el modo de comercializar este tipo de contratos lleva al consumidor (cliente) a no poder conocer el alcance económico y, también, jurídico del contrato. Al desconocerse, con exactitud, que condiciones se aplican al crédito, el prestatario carece de los elementos necesario para saber el coste final de la financiación obtenida puesto que el pago aplazado en la modalidad «revolving» resulta muy superior a lo que el cliente pueda suponer en comparación con otro tipo de tarjetas de crédito, estándares .
FALLO
Que estimo la demanda formulada por la representación procesal de D. XXXX contra la sociedad mercantil denominada «ONEY SERVICIOS FINANCIEROS E. F. C. , S.A, Sociedad Unipersonal» y , en consecuencia, debo declarar y DECLARO la nulidad del contrato de tarjeta de crédito «Alcampo Oney», suscrito entre las partes procesales el día 8 de agosto de 1996, al haber sido considerado usurario» el interés remuneratorio, por lo que llevará consigo los efectos inherentes a tal declaración, de acuerdo con lo recogido en el artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura. Y, consecuentemente, debo condenar y CONDENO a la sociedad demandada a que reintegre a la parte actora la cantidad dineraria que hubiere abonado durante la vigencia del contrato en cuanto exceda del capital dispuesto. La fijación del concreto importe dinerario quedará relegado a la fase de ejecución de sentencia.El importe dinerario resultante, del necesario calculo, llevará la aplicación de los intereses legales a contar desde la fecha de la reclamación previa a este proceso judicial .
Todo ello con expresa imposición a la parte demandada en las costas procesales causadas en esta instancia .
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.