La crediticia Cetelem es condenada por un Juzgado de Primera Instancia que declara la nulidad del contrato de crédito suscrito con un usuario de EZ por usura, debiendo restituir la entidad 7.452,07 €.
En el presente litigio, el usurario de EZ pactó con la crediticia demandada un contrato de tarjeta de crédito en el que se interpuso un interés remuneratorio del 25,64 % TAE, siendo el aplicado en la fecha de estipulación del contrato por las entidades financieras, año 2005, intereses en torno al 20 %.
Asimismo, por la entidad crediticia no se incluyó de forma explícita el TAE aplicado en el contrato litigante.
Procede declarar la nulidad del tipo de interés estipulado en el presente contrato por usurario, lo que conlleva la nulidad del contrato.
Abogado director del procedimiento: Daniel Navarro Salguero
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
FALLO
El Magistrado del caso, estimando la demanda presentada por la Procuradora Dña. XXXXXX, en nombre y representación de Dña. XXXXXX contra BANCO CETELEM, S.A.U. :
a) Declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito suscrito por las partes por tratarse de un contrato usurario.
b) Condena a la demandada a que devuelva a la actora la cantidad que exceda del total de capital prestado que haya dispuesto, difiriendo para ejecución de sentencia la determinación concreta del capital que se haya de devolver, computando al efecto la totalidad de los pagos efectuados por la actora.
c) Se imponen las costas a la demandada.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.
Importe recuperado: 7.452,07 €
Hola
Os adjunto la carta recibida hoy por parte de Cetelem.
Gracias
Hola Estefanía
Nos ponemos en contacto contigo para responder a tu consulta sobre la respuesta que has recibido de Cetelem a la reclamación que iniciamos en tu nombre.
Esta respuesta es muy completa, ya que tiene el contrato; un listado amplio de movimientos y la respuesta de la entidad ante nuestra solicitud de nulidad del contrato.
Por lo tanto, es lo suficientemente completa como para que uno de los Despachos de Abogados que colabora con nosotros, pueda iniciar los trámites de la presentación de la demanda en el Juzgado para solicitar la nulidad del contrato de esta tarjeta y conseguir que sólo tengas que devolver al Banco la cantidad que realmente te prestó; anulando por tanto todo lo que hayas pagado en concepto de intereses, comisiones, seguros y cualquier otro cargo que no sea específicamente la devolución del principal del préstamo.
También hemos podido comprobar que el tipo de interés que tiene esa tarjeta es de usura (superior al 22,50 % TAE) y, en consecuencia, lo suficientemente alto como para que un Juez declare la nulidad del contrato.
Después de haber estudiado los movimientos que te ha entregado la entidad, podemos ofrecerte la siguiente estimación de la liquidación de tu tarjeta hasta la fecha:
La entidad te ha prestado 9.231,43 €, y les llevas devuelta hasta la fecha una cuantía de 8.118,62 €, por lo que si se anulase ahora el contrato, tendrías que pagarles aún la diferencia (1.112,81 €). Pero esa supuesta deuda que dicen que mantienes desaparecería (3.691,05 €), por lo que realmente estarás obteniendo un beneficio económico de 2.578,24 €, qué es exactamente la suma de todas las comisiones, seguros e intereses que llevas pagados durante la vida del producto.
En situaciones como la tuya, en las que sabemos que con todo lo que llevamos pagado, todavía no cubrimos el capital realmente prestado, hay dos posibilidades:
1ª.- Presentar demanda, aunque en este caso, cuando se emita la Sentencia tendremos que abonar de golpe la diferencia que quede a favor de la entidad.
No obstante, llegado el momento, el abogado puede intentar negociar un plan de pagos, aunque la decisión de aceptarlo es enteramente de la entidad, por lo que no hay garantías de que vaya a aceptarlo.
2ª.- Seguir pagando la cuota habitual, y esperar a demandar hasta que el saldo final nos sea favorable.
Cuando decidas demandar, bien sea ahora, o esperes a que el saldo sea tu favor, si quieres, podemos derivarte a uno de nuestros abogados expertos en productos revolving.
La tarifa única de 60 € nos la tienes que ingresar en el nº de cuenta ES91 1491 0001 2130 0009 9633, y una vez confirmemos el ingreso te derivaremos al abogado de inmediato. Si tras el envío de tu caso al abogado, por algún motivo éste decide que no se dan los requisitos para interponer la demanda, te devolveremos los 60 €.
No te olvides de avisarnos en cuanto hayas realizado el ingreso, de este modo evitaremos retrasos innecesarios.
En cuanto enviemos tu caso al abogado correspondiente te enviaremos un email notificándotelo, también te daremos los datos de contacto del abogado/a para que sepas desde que e-mail o teléfono se va a poner en contacto contigo (lo normal es que te llame).
Quedamos a la espera de tu respuesta y como siempre, a tu disposición ante cualquier duda o consulta. Si prefieres que te llamemos, sólo tienes que decirlo, indícanos también una franja horaria en la que podamos hacerlo (procura que sea lo más amplia posible).
Un saludo.