Sentencia a Hoist Finance tras desestimarse un Procedimiento Monitorio interpuesto contra un usuario de EZ que le condena a devolver 8.131,53€.
Por la empresa de crédito se llevó a cabo la interposición de un procedimiento monitorio contra el usuario de Economía Zero por el impago de la deuda contraída con la crediticia.
El usuario de EZ llevó a cabo un contrato de tarjeta de crédito VISA CITIBANK, suscrito el 10 de octubre de 2010, en el que se estableció una TAE del 26,82%, 3,42 veces superior a la TAE media en España para este tipo de contratos, elevado posteriormente hasta el 27,24% en la fecha de presentación de la demanda.
Asimismo, no consta circunstancia excepcional que justificase un interés tan elevado más allá puesto que, un interés superior al normal o medio del mercado no puede justificar una elevación del tipo de interés tan desproporcionado. Por ello, el interés fijado en el contrato litigante es desproporcionado y usurario.
Abogado director del procedimiento: Daniel Navarro Salguero
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
FALLO
1.- Declarar el carácter abusivo de la cláusula de comisión por reclamación de cuota impagada, recogida en el Anexo del reglamento del contrato.
2.- ESTIMAR parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. XXXXXX, en nombre y representación de la entidad HOIST FINANCE SPAIN S.L, contra D. XXXXXX, representado por la Procuradora Dña. XXXXXX, y en su consecuencia, se condena a D. XXXXXX a abonar a la entidad HOIST FINANCE SPAIN S.L, la cantidad de DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMDOS (2.156,36 €), cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la solicitud de procedimiento monitorio (25/10/19), interés que se incrementará en dos puntos desde la fecha del dictado de la presente resolución y hasta su completo pago.
3.- ESTIMAR la demanda reconvencional interpuesta por la Procuradora Dña. XXXXXX, en nombre y representación de D. XXXXXX, contra la entidad HOIST FINANCE SPAIN S.L, representada por la Procuradora Dña. XXXXXX, y en su consecuencia, se declara la nulidad del contrato suscrito entre CITIBANK ESPAÑA S.A y D. XXXXXX, con las consecuencias previas en el punto 2 del fallo de la presente resolución.
4.- No hay lugar a especial pronunciamiento en materia de costas procesales.
Préstamos rápidos
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Procedimientos monitorios
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