Sentencia Indemnización CIRBE 12.000€ de indemnización

Una clienta de Reclamaciones Zero, descubrió que Wizink Bank la había incluido en la CIRBE, que es un registro del Banco de España donde aparecen los riesgos financieros de las personas. Se enteró de esta situación cuando le empezaron a denegar solicitudes y comprobó que figuraba como deudora. La sorpresa fue mayor al ver que las deudas venían de dos tarjetas de crédito que ella nunca contrató con esa entidad.

La clienta no recibió ningún aviso por parte del banco antes de incluirla en ese fichero. Tampoco se le reclamó el supuesto impago ni se le informó de que podían meterla en ese registro. Lo que hizo fue reclamar, primero fuera del juzgado y luego en los tribunales, y en ambos casos la justicia le dio la razón: las tarjetas eran nulas y, por tanto, no existía deuda.

A pesar de esto, Wizink mantuvo sus datos en la CIRBE durante casi cuatro años. Durante todo ese tiempo, varias entidades bancarias accedieron a esa información pensando que era una persona que no cumplía con sus pagos, lo que pudo perjudicarla seriamente.

La juez consideró que incluirla en el fichero en esas condiciones fue una intromisión en su derecho al honor, ya que no existía ninguna deuda válida ni se había seguido el procedimiento legal. Por todo el daño causado, Wizink ha sido condenado a pagarle 12.000 euros por los daños morales y también tendrá que hacerse cargo de todos los gastos del juicio.

Abogada titular del procedimiento: Azucena Natalia Rodriguez Picallo

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Extractos relevantes de la sentencia

El punto de partida es que la comunicación a terceros de la condición de “moroso” de una persona afecta a su derecho al honor y es constitutiva de una intromisión ilegítima en dicho derecho fundamental y ello en base al artículo 7.7 LO 1/1982 que considera como intromisión ilegítima, la imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
El razonamiento de la sentencia recurrida sería aceptable si el único dato que apareciera en la CIRBE respecto del demandante fuera el del riesgo indirecto de crédito que suponía ser avalista de un préstamo hipotecario. Pero en este caso, además de lo anterior, dada la clave asignada, el demandante aparecía como incumplidor de su obligación. Esta atribución de la cualidad de deudor moroso afectaba a su honor y constituiría una intromisión ilegítima si no estuviera justificada.
Como conclusión a lo expuesto, la entidad demandada vulneró el derecho al honor del demandante al comunicar sus datos a la CIRBE como incumplidor de sus obligaciones, cuando no había existido tal incumplimiento ya que en aquel momento no existía una deuda cierta, líquida y exigible.
Corolario de lo expuesto en los fundamentos anteriores es la íntegra estimación de la demanda declarando que la inclusión de la Sra. XXXXX en el CIRBE ha constituido una intromisión ilegítima en su derecho al honor por parte de la entidad demandada. Asimismo, se condena a Wizink Bank a abonarle la cantidad de 12.000 € en concepto de daños morales.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. XXXXX, actuando en nombre y representación de la Sra. XXXXXX, contra Wizink Bank SA:

DEBO DECLARAR y DECLARO que la conducta llevada a cabo por la demandada consistente en la inscripción como impagadora en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (Cirbe), constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la parte demandante.

DEBO CONDENAR y CONDENO al demandado a abonar al actor la cantidad de 12.000€ en concepto de daños morales más los intereses legales desde la fecha de la reclamación judicial.

Todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

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Procedimientos monitorios

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