BBVA es condenado a anular una línea de crédito usuraria al 24,60 % TAE y retribuye 3.788,85€ a un usuario de EZ

BBVA es condenada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 10 de Córdoba a la retribución de 3.788,85 € a un usuario de EZ tras la nulidad de un contrato de línea de crédito usurario.

Las partes suscribieron un contrato de línea de crédito el 26 de noviembre de 2003, en el que se interpuso un interés remuneratorio del 24,60 % TAE, elevándose posteriormente hasta un 27,24 % TAE, siendo el tipo de interés medio aplicado por las entidades a los créditos al consumo, en la fecha de la suscripción del contrato, del 8,31 % TAE.

Procede declarar el tipo de interés litigante notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, por tanto, usurario.

El carácter usurario del interés estipulado conlleva la nulidad del contrato de línea de crédito.

Abogado director del procedimiento: Rodrigo Pérez Del Villar Cuesta

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

Las cláusulas de intereses remuneratorios, dado que se considera que dichos intereses forman parte del precio, se ha estimado que tales cláusulas no pueden declararse abusivas, debiendo limitarse el examen judicial al control de transparencia.
La falta de transparencia de las cláusulas que incidan en la determinación de las prestaciones principales del contrato puede ser causa de un desequilibrio sustancial en perjuicio del consumidor consistente en la alteración de la onerosidad del contrato y en la consiguiente privación de la posibilidad de elegir conscientemente de entre las diferentes ofertas del mercado la que mejor se adecua a sus preferencias.
Aplicación de la Ley Represión Usura, que entiende como un límite a la autonomía negocial del art. 1255 del Código Civil aplicable a los préstamos, y en general, a cualesquiera operación de crédito «sustancialmente equivalente», dado que el art. 9 establece: «Lo dispuesto por esta Ley se aplicará a toda operación sustancialmente equivalente a un préstamo de dinero, cualesquiera que sean la forma que revista el contrato y la garantía que para su cumplimiento se haya ofrecido».
Para que la operación crediticia pueda ser considerada usuraria, basta con que se den los requisitos previstos en el primer inciso del art. 1 de la ley, los requisitos objetivos, esto es “que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
Al estimarse la demanda procede la imposición de costas a la parte demandada conforme al principio objetivo del vencimiento.

FALLO

ESTIMAR LA DEMANDA interpuesta por Dña. XXXXXX contra BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. (BBVA), y, en consecuencia:

Se declara la NULIDAD del contrato de suscrito en fecha 26 de noviembre de 2003, por tipo de interés usurario.
Se CONDENA a la entidad crediticia demandada a que devuelva al la demandada la cantidad pagada por ésta, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto; más intereses legales y costas debidas.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 3.788,85 €

Hemos recuperado un total de:

26.495.217 €
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