
El complemento para la reducción de la brecha de género ha sido considerado discriminatorio.
Se estima que 30.000 hombres ya pueden pedir el complemento
La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de mayo de 2025 ha marcado un hito en la lucha por la igualdad de género en las pensiones contributivas en España.
Esta decisión judicial se centra en el complemento para la reducción de la brecha de género, vigente desde el 4 de febrero de 2021, y declara discriminatorio que los hombres deban cumplir requisitos adicionales para acceder a este complemento, mientras que las mujeres lo reciben automáticamente por el mero hecho de haber tenido hijos.
A raíz de esta sentencia, se estima que más de 30.000 hombres en España podrían beneficiarse de la posibilidad de reclamar este complemento en igualdad de condiciones que las mujeres. Es importante destacar que esta sentencia no introduce cambios directos en el complemento de maternidad por aportación demográfica, vigente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, ya que este fue declarado discriminatorio por el TJUE en diciembre de 2019.
Por tanto, si eres padre y te han denegado el complemento para la reducción de la brecha de género por no cumplir requisitos adicionales, ahora puedes reclamarlo en igualdad de condiciones.
Cuantía del complemento en 2025
Para el año 2025, el importe del complemento es de 35,90 euros mensuales por cada hijo o hija, con un límite máximo de cuatro hijos.
Esto significa que la cuantía máxima mensual que se puede percibir es de 143,60 euros (35,90 € x 4 hijos). El complemento se abona en 14 pagas anuales (12 mensualidades más dos pagas extraordinarias en junio y noviembre), lo que supone una cuantía anual máxima de 2.010,40 euros.
¿Puede un padre reclamar el complemento de brecha de género si se jubiló antes que la madre?
Sí, un padre que se jubiló a partir del 4 de febrero de 2021 puede reclamar el complemento para la reducción de la brecha de género correspondiente al período comprendido entre la fecha de su jubilación y el momento en que su esposa comenzó a percibirlo.
En casos donde ambos progenitores tienen derecho al complemento, se asignará al que tenga una pensión de menor cuantía.
Si inicialmente el padre tenía derecho al complemento y no lo percibió, puede solicitar el reconocimiento del mismo por el período correspondiente.
Si necesitas asistencia para gestionar esta reclamación, en Reclamaciones Economía Zero podemos ayudarte a tramitarla de forma eficaz y personalizada.
Solicité el complemento para la reducción de la brecha de género y me lo denegaron
Si solicitaste el complemento para la reducción de la brecha de género y te fue denegado por no cumplir requisitos adicionales, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de mayo de 2025 te brinda la oportunidad de reclamarlo nuevamente. Esta sentencia declara discriminatorio que a los hombres se les impongan condiciones más estrictas que a las mujeres para acceder a este complemento.
Desde Reclamaciones Economía Zero, nos encargamos de gestionar tu nueva solicitud, asegurándonos de que se aplique correctamente la sentencia del TJUE y se reconozca tu derecho al complemento.
Nuestro equipo especializado te acompañará en todo el proceso, desde la revisión de tu caso hasta la presentación de la reclamación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Diferencia entre el complemento de paternidad y el complemento de la brecha de género
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- Complemento de maternidad/paternidad:
Hasta 2021, solo lo recibían las mujeres que fueran madres de dos o más hijos y accedían a una pensión contributiva. En la redacción original, no se contemplaba que ese complemento fuese también para los hombres. Era exclusivo para las mujeres. - Complemento para la reducción de la brecha de género:
Desde 2021, se reconoce a ambos progenitores con pensión contributiva y uno o más hijos, pero a los hombres se les pedían requisitos adicionales (como haber interrumpido su carrera laboral), algo que no se exigía a las mujeres
- Complemento de maternidad/paternidad:
¿Qué cambia con la sentencia del TJUE de 2025?
El TJUE ha declarado discriminatorio que a los hombres se les exija más para acceder al complemento. Desde ahora, hombres y mujeres deben tener las mismas condiciones. Si te denegaron el complemento por ser hombre y no cumplir los requisitos extra, puedes reclamarlo de nuevo.
Requisitos básicos para reclamar
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- Haber tenido uno o más hijos.
- Ser beneficiario de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- El complemento solo puede recibirlo uno de los progenitores, el que tenga la pensión de menor cuantía.
- Si te denegaron el complemento antes de esta sentencia por ser hombre, puedes reclamarlo en igualdad.
¿Qué documentación necesito para reclamar?
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- DNI o NIE.
- Resolución de la pensión contributiva.
- Libro de familia o certificados de nacimiento de los hijos.
- Cualquier resolución previa relacionada con el complemento.
¿Qué pasa si la madre ya está cobrando el complemento, aunque no lo haya solicitado?
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- Aunque la madre lo esté cobrando automáticamente, el padre puede reclamarlo si su pensión es más baja.
- Además el padre tendrá derecho a recibir el complemento por el periodo desde que se jubiló, hasta que la madre comenzó a cobrarlo.
- Si el INSS (o un tribunal) concede el complemento al padre, la madre dejará de percibirlo y lo recibirá el padre, ya que la ley solo permite que lo cobre uno de los dos, siempre el que perciba la pensión más baja
Ahora, los padres jubilados, podrían quitar el complemento de maternidad a la mujer si su pensión es más baja.
Los padres divorciados ahora tienen derecho al complemento de paternidad
Muchos padres creen que por estar divorciados o separados no pueden reclamar el complemento si la madre ya lo cobra. Esto no es así.
El criterio es siempre el mismo: solo uno puede recibir el complemento y tiene prioridad quien tenga la pensión más baja, independientemente del estado civil.
Ejemplo realista:
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- Juan y Ana, divorciados, tienen dos hijos.
- Ana empezó a cobrar el complemento cuando se jubiló.
- Años después, Juan se jubila y su pensión es inferior a la de Ana.
- Tras reclamar, y aplicando la sentencia del TJUE, el INSS concede el complemento a Juan y se lo retira a Ana, aunque ya lo estuviera percibiendo.
¿En qué casos no se le quita el complemento a la madre?
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- Si la madre tiene la pensión más baja, seguirá cobrándolo ella aunque el padre lo solicite.
- Si ambos solicitan, la Seguridad Social analiza automáticamente quién debe percibirlo.
Importante:
El complemento puede cambiar de manos, incluso años después, siempre y cuando el progenitor con pensión más baja lo solicite y cumpla el resto de requisitos.
Pasos para reclamar el complemento
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- Presenta tu reclamación en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Puedes hacerlo online con tu certificado, o pedir cita presencial. - Si ya fue denegada, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a reclamarlo de nuevo.
- Si la administración no responde favorablemente, es posible reclamar por vía judicial.
- Presenta tu reclamación en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Fechas clave
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- El complemento puede reclamarse tanto para hijos nacidos antes como después de 1995.
- Ya no se pueden exigir requisitos adicionales solo por ser hombre (como días sin cotización o bajada en bases de cotización).
- El cambio es inmediato tras la sentencia de mayo de 2025.
Enlaces oficiales e información de interés.
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- Sentencia TJUE 2025 (EUR-Lex)
- INSS – Seguridad Social.
- Ley General de la Seguridad Social, art. 60 (BOE)
Moisés Lorenzo González
Abogado - Col. 2839 ICA León.
Preguntas Frecuentes
¿Qué cambia con la sentencia del TJUE de mayo de 2025?
¿Puedo reclamar el complemento si la madre ya lo está cobrando?
Mi mujer lo está cobrando, pero yo me jubilé antes ¿Puedo solicitar la parte que me corresponde?
Sí. Tienes derecho a cobrar el complemento desde que te jubilaste, hasta que comenzó a percibirlo tu mujer. Posteriormente el complemento se pagará al que tenga una pensión más reducida.
¿Qué ocurre en casos de padres divorciados?
¿Desde cuándo puedo reclamar el complemento?
¿Puedo reclamar una indemnización si me fue denegado el complemento anteriormente?
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