Sentencia Wizink 20.979€

Wizink Bank, tras ser condenado a la nulidad de un contrato de tarjeta revolving por un Juzgado de Puerto del Rosario, presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Esta apelación, junto con otros cientos de ellas más, las presentaron, tanto Wizink Bank como muchas otras entidades, durante los meses anteriores a la nueva Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en febrero de 2020, la cual revisaba precisamente las sentencias favorables de 1ª y 2ª Instancia contra la propia Wizink Bank por un contrato de tarjeta revolving con una TAE del 26,82 %.

La esperanza de estas entidades era que el Tribunal Supremo diera la razón a Wizink Bank y que a partir de ese momento las tarjetas revolving con una TAE elevada no fuesen anuladas por usurarias. Aunque, por suerte para los consumidores y las consumidoras, el fallo emitido por el Tribunal Supremo resultó contrario a los intereses de las entidades bancarias.

Tras dicha sentencia del TS, la inmensa mayoría de las apelaciones interpuestas antes de febrero de 2020 han resultado desfavorables para los bancos apelantes, motivo por el que desisten o se allanan con la intención de librarse de tener que asumir el coste de las costas procesales, algo que como ha ocurrido en esta sentencia, casi nunca consiguen.

El resultado final no podía haber sido mejor, puesto que un consumidor ha obtenido un beneficio económico de 20.979,10 €, más los intereses legales.

Abogada directora del procedimiento: María Lourdes Galve Garrido

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Puerto del Rosario se dictó Sentencia de fecha 24 de mayo de 2.019 en el procedimiento ordinario nº 555/2018, cuya parte dispositiva literalmente establece:

Por todo lo expuesto, he decidido estimar íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de XXXXXX frente a WINZINK BANK, S.A. y en consecuencia:

1. Declarar la nulidad del contrato de crédito al consumo, suscrito el 17 de mayo de 2.004 entre XXXXXX y CITIBANK ESPAÑA, S.A. (actual WINZINK BANK, S.A.) con motivo de su calificación usuararia y abusividad de la cláusula de variación unilateral de condiciones del contrato y comisión de impagados.

2. Condenar a WINZINK BANK, S.A a la restitución de los efectos dimanantes del meritado contrato, con devolución recíproca de los efectos.

3. Condenar en costas a WINZINK BANK, S.A.

Dicha Sentencia, se recurrió en apelación por la parte demandada, con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo.

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista, se señaló día y hora para discusión, votación y fallo.

Con posterioridad, la apelante presento escrito de desistimiento.

En atención a la doctrina que se acaba de exponer, debe accederse al desistimiento solicitado por la parte recurrente, al resultar innecesaria la conformidad de la parte recurrida.

Desestimándose el recurso procede imponer a la parte recurrente las costas de la apelación (art. 398.1 L.E.C.).

FALLO

LA SALA ACUERDA.

Tener por DESISTIDA a la entidad WIZINK BANK S.A. del recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Puerto del Rosario, que dictó Sentencia de fecha 24 de mayo de 2.019 en el procedimiento ordinario nº 555/2018, confirmando íntegramente la misma, con imposición de costas a dicha parte recurrente.

Préstamos rápidos

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Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 20.979,10 €

Hemos recuperado un total de:

26.495.411 €
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