Sentencia Carrefour Pass 5.830€

Nuestra cliente solicitó la nulidad del contrato de la tarjeta por considerar que las cláusulas que fijaban el interés remuneratorio, el modo de amortización de la deuda, los costes y el precio total del contrato eran abusivas y no transparentes, y que el interés remuneratorio era usurario, es decir, excesivamente alto y desproporcionado.

La Servicios Financieros Carrefour se allanó a la demanda, es decir, reconoció la razón de la demandante, antes de contestarla, por lo que el juez dictó sentencia sin necesidad de celebrar juicio.

El juez declaró la nulidad del contrato por no superar el doble filtro de transparencia, que exige que las cláusulas sean claras, comprensibles y aceptadas por el consumidor, y que no alteren el equilibrio entre las partes.

El juez condenó a la demandada a devolver a la demandante la cantidad que esta había pagado de más, es decir, la que excedía del capital prestado o dispuesto, más los intereses que correspondieran. Además, le impuso el pago de las costas del proceso, al apreciar mala fe en la demandada, que había recibido un requerimiento previo de pago por parte de la demandante.

El cliente ha logrado 5.830€ de beneficio económico.

Abogado director del procedimiento: Daniel González Navarro

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

Que por la representación de DOÑA XXXX se presentó demanda de Juicio Ordinario contra SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR E.F.C S.A solicitando se dictara sentencia por la que «Se declarare la no incorporación y/o la nulidad de las clausulas relativas a la fijación del interés remuneratorio, al modo de amortización de la deuda y composición de los pagos, y a los costes y precio total del contrato de autos por no superar el doble filtro de transparencia, Y por tratarse de condiciones esenciales del contrato, SE DECLARARE nulo el contrato y condenare a la demandada a que devuelva al actor la cantidad pagada por este, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que correspondan, así como al pago de las costas del pleito»

Conforme a lo prevenido en el artículo 21.1 de la LEC, cuando el demandado se allanare a todas las pretensiones del actor, el tribunal dictará sentencia condenatoria, de acuerdo con lo solicitado por este, salvo que el allanamiento se hiciera en fraude de Ley o supusiera renuncia contra el interés general o perjuicio para tercero.

Según establece el artículo 395.1 de la LEC, si el demandado se allanare a la demanda antes de contestarla, no procederá la
imposición de costas salvo que el Tribunal, razonándolo debidamente aprecie mala fe en el demandado; entendiéndose en todo caso que existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiere formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado de pago, o si se hubiera dirigido frente a el demanda de conciliación.

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por DOÑA XXXXX representado por Procurador de los Tribunales Don XXXXX y bajo dirección tecnica de letrado Don Daniel González Navarro, contra SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR E.F.C S.A, representado por Procurador de los Tribunales Don XXXXX y bajo dirección técnica de letrado Don Don , «I DEBO DECLARAR Y DECLARO la no incorporación y la nulidad de las clausulas relativas a la fijación del interés remuneratorio, al modo de amortización de la deuda y composición de los pagos, y a los costes y precio total del contrato de autos por no superar el doble filtro de transparencia, Y por tratarse de condiciones esenciales del contrato, debo declarar nulo el contrato CONDENANDO a la demandada a que devuelva al actor la cantidad pagada por este, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que correspondan, así como al pago de las costas del pleito»

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 5.830 €

Hemos recuperado un total de:

26.489.583 €
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