Cofidis pierde juicio monitorio y devuelve 2.251€ a un cliente.

Cofidis S.A. presentó una demanda de juicio monitorio contra un cliente de Economía Zero, reclamándole 2.251,19 €.

El demandado presentó oposición dentro del plazo de 20 días hábiles, alegando que no se había acreditado la supuesta deuda, poniendo de manifiesto la abusividad de las condiciones generales y la nulidad del contrato por usura.

En el presente caso, la TAE pactada del 24´51 % es superior a la media de estas operaciones de revolving, en la época en que fue suscrita, que en ningún caso supera el 20´84 %. Nos encontramos ante una TAE desproporcionada con relación a las circunstancias del caso concreto y que ha de ser declarada como usuraria, y en consecuencia nula.

Finalmente, el Magistrado del caso estima parcialmente la demanda presentada por Cofidis S.A. declarando nulo el contrato de la tarjeta de crédito suscrito entre las partes, por lo cual el demandado sólo deberá abonar lo que falte por pagar del capital inicial prestado

El cliente de Economía Zero ha obtenido un beneficio de 2.251,19 € después de oponerse al procedimiento monitorio de Cofidis.

Abogado director del procedimiento: Daniel González Navarro

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

En el presente caso, la TAE pactada del 24´51 % es superior a la media de estas operaciones de revolving, en la época en que fue suscrita, que en ningún caso supera el 20´84 %. Nos encontramos ante una TAE desproporcionada con relación a las circunstancias del caso concreto y que ha de ser declarada como usuraria, y en consecuencia nula. Resulta de aplicación el criterio establecido por el Tribunal Supremo en Sentencia de fecha 4 de marzo de 2.020, procediendo la nulidad de la TAE pactada por ser “notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado con las circunstancias del caso”.
Obviamente, el hecho de que la actora haya estado utilizando una tarjeta con un interés usuario durante años, no supone un acto de confirmación, convirtiendo lo que es nulo radical desde el principio en un contrato legítimo y válido. En consecuencia, este Tribunal considera que el contrato celebrado es nulo de pleno derecho.
Procede hacer expreso pronunciamiento sobre las costas procesales, de conformidad con el artículo 394 de la LEC, que se imponen a la parte demandante.

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por COFIDIS S. A. contra D. XXXX, en reclamación de cantidad, debo absolver y absuelvo a la demandada del abono a la parte actora de la suma reclamada, al estimar que el contrato del que deriva la deuda es nulo de pleno derecho.
Procede hacer expresa condena en costas procesales causadas, que sean preceptivas, a la parte demandante.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 2.251 €

Hemos recuperado un total de:

26.489.583 €
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