Sentencia WiZink devuelve 18.364€

Se presentó una demanda contra WiZink Bank S.A. solicitando que se declarase nulo por usura el contrato de una tarjeta de crédito.

En el momento de la celebración del contrato, la TAE era del 26,82%, mientras que en el momento de la demanda se había incrementado hasta el 27,24%.

Cuando se firmó el contrato, el 23 de Junio de 2.005, no se publicaban estadísticas específicas del Banco de España relativas a intereses para tarjetas de crédito.

Para determinar si el interés es notablemente superior al normal del dinero, se compara con una categoría específica de una operación crediticia similar.

La TAE aplicada por las entidades de crédito en las operaciones de crédito al consumo según las estadísticas que publica el Banco de España para Junio de 2.005 era del 8,05%. Por lo que el interés aplicado era notablemente superior al normal del dinero.

WiZink es condenado, teniendo que devolver todas las cantidades que haya recibido que excedan el capital prestado.
Se imponen las costas a la entidad demandada.

El cliente de economía zero ha recuperado 18.364€.

Abogado director del procedimiento: Daniel González Navarro

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

DECLARE la nulidad por usura de la relación contractual objeto de esta demanda y CONDENE a la demandada a que devuelva a mi mandante la cantidad pagada por éste, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que corresponda; así como al pago de las costas del pleito.

La TAE del 26,82% del crédito revolving (que en el momento de interposición de la demanda se había incrementado hasta el 27,24%, ha de compararse con el tipo medio de interés de las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving de las estadísticas del Banco de España, que, según se fijó en la instancia, era algo superior al 20%, por ser el tipo medio de las operaciones con las que más específicamente comparte características la operación de crédito objeto de la demanda.

Han de tomarse además en consideración otras circunstancias concurrentes en este tipo de operaciones de crédito, como son el público al que suelen ir destinadas, personas que por sus condiciones de solvencia y garantías disponibles no pueden acceder a otros créditos menos gravosos, y las propias peculiaridades del crédito revolving, en que el límite del crédito se va recomponiendo constantemente, las cuantías de las cuotas no suelen ser muy elevadas en comparación con la deuda pendiente y alargan muy considerablemente el tiempo durante el que el prestatario sigue pagando las cuotas con una elevada proporción correspondiente a intereses y poca amortización del capital, hasta el punto de que puede convertir al prestatario en un deudor «cautivo», y los intereses y comisiones devengados se capitalizan para devengar el interés remuneratorio.

Que para el supuesto que deba la demandada reintegrar alguna cuantía al demandante, se devengará, a favor de éste y con cargo a aquélla, el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha que se determine tal cantidad a su favor.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. XXXX en nombre y representación de contra la entidad Wizink Bank S.A.U. y, en su consecuencia, debo declarar y declaro la nulidad de pleno derecho del contrato de fecha 23 de Junio de 2005 a que se refiere el presente procedimiento que vincula a los litigantes por ser usurario, con la consiguiente obligación del demandante de devolver únicamente el capital dispuesto, debiendo la demandada reintegrarle, en su caso, todas aquellas cantidades que haya percibido del mismo derivadas del presente contrato y hayan excedido del capital prestado/dispuesto que se calcularán en ejecución de sentencia conforme a lo reseñado al fundamento de derecho tercero párrafo último de esta resolución, devengándose, a favor del actor y con cargo a la demandada, para el supuesto que ésta le tuviera que reintegrar alguna cuantía, el interés legal incrementado en dos puntos a partir de la fecha en que se determine tal cantidad a favor del demandante y, todo ello, con expresa imposición de costas a la entidad demandada.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 18.364 €

Hemos recuperado un total de:

26.495.217 €
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