Cofidis es condenado a devolver 4.404€ a un consumidor

Juzgado de 1ª Instancia nº3 de Terrassa (Barcelona) condena a Cofidis por usura en los intereses y es obligado a reintegrar 4.404,53€ a un cliente de Economía Zero.

En el contrato suscrito entre las partes con fecha 6 de Julio de 2015 se impusieron unos intereses TAE del 24,51%.

El usuario de Economía Zero se puso en manos de uno de nuestros abogados colaboradores especialistas en reclamaciones bancarias para intentar conseguir por la vía extra judicial la nulidad del contrato y la devolución de todo el dinero pagado por encima del capital.

Y de forma subsidiaria, al tratarse de una consumidora, la nulidad del contrato por no superar los controles de inclusión y transparencia.

La nulidad de dicho contrato conlleva la devolución de todas las cantidades pagadas a lo largo de la vida del contrato de la línea de crédito que superen el capital realmente prestado por la entidad. En este caso la cantidad asciende hasta los 4.404,53€.

Finalmente el Juzgado, estimando íntegramente la demanda y declara nulo el contrato de línea de crédito por usura en los intereses remuneratorios.

Se condena en costas a Cofidis tras perder la demanda.

Abogada directora del procedimiento: María Lourdes Galvé Garrido

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

Se ejercita por la parte actora demanda dirigida a declarar con carácter principal la nulidad por usura del contrato de línea de crédito al consume de 6-7-2015, condenando a la demandada a la restitución de las cantidades abonadas que excedan del capital dispuesto más los intereses legales y procesales, y subsidiariamente se declare la nulidad por abusividad de la cláusula de comisión por impago/mora y se condene a la demandada a la restitución a mi principal de todas las cantidades abonadas en su concepto, más los intereses legales y procesales.
Dado que la acción que se ejercita con la demanda es la de nulidad de unas cláusulas del contrato de préstamo, la fijación en que se efectúa en la demanda, como de cuantía indeterminada, es plenamente conforme a derecho, con independencia del alcance y efectos que produzca la nulidad para el caso de que prosperase dicha acción, lo que sería una consecuencia y no una acción propia o independiente de la acción principal.
En consecuencia, no cabe sino estimar la demanda en su pretensión principal, entendiendo que los intereses aplicados son usuarios conforme determina el art. 1 de la Ley de Represión de la Usura, debiendo declararse la nulidad del contrato de préstamo y resultando ocioso entrar a examinar el resto de acciones ejercitadas por la demandante con carácter subsidiario.
Procede condenar a la entidad demandada a reliquidar la deuda y a restituir al actor la cantidad abonada por él que exceda del capital dispuesto, con sus correspondientes intereses legales desde la realización del pago en exceso del capital.

FALLO

Que estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Dª XXXX, en representación de D.XXXX , contra Cofidis SA, Sucursal en España, y DECLARO la nulidad del contrato de línea de crédito de 6 de julio de 2015 suscrito entre las partes por existir un interés remuneratorio usurario, con los efectos inherentes a tal declaración de conformidad con el artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura, condenando a la demandada a la restitución de las cantidades abonadas que excedan del capital dispuesto más los intereses legales, y al pago de las costas procesales causadas.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 4.404 €

Hemos recuperado un total de:

26.489.583 €
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