Banco Santander devuelve 63.774€ a un cliente

Una persona contrató una tarjeta de crédito llamada «Global Bonus» con el Banco Popular-e, que luego fue absorbido por el Banco Santander. Esta tarjeta permitía hacer compras y devolver el dinero en cuotas mensuales, pero aplicaba un interés muy alto del 27,24% TAE.

El cliente demandó al banco, argumentando que este interés era abusivo. Aunque no se presentó el contrato original en el juicio, se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia del contrato, su antigüedad (anterior a 2010) y el interés aplicado.

El tribunal comparó el interés del 27,24% con los intereses promedio de productos similares en esa época y concluyó que era significativamente más alto de lo normal, considerándolo usurario. Además, se señaló que el banco no proporcionó información clara y comprensible al cliente sobre las condiciones del préstamo.

Como resultado, el tribunal anuló el contrato y ordenó al Banco Santander devolver al cliente todo el dinero pagado en intereses que superara el capital prestado, junto con los intereses legales correspondientes siendo esta cantidad de 63.774 €

Abogado director del procedimiento: Rodrigo Pérez del Villar

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

D. XXXXX ejercita una acción de nulidad contractual por usura frente a la entidad Banco Santander S.A., como sucesora del negocio bancario de Banco Popular-e, solicitando el dictado de sentencia que declare la nulidad del contrato de tarjeta de crédito “Global Bonus” con número por el carácter usurario de los intereses remuneratorios, condenando a la entidad demandada a reintegrar cuantas cantidades abonadas durante la vida del crédito excedan de la cantidad dispuesta y costas procesales.

Que los intereses remuneratorios para disposiciones de efectivo fueron fijadas para “un primer año” en el 27,24% TAE, según las condiciones generales
de la tarjeta de 1 de enero de 2017 aportadas.

Siguiendo los criterios de la sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo nº /2013, de 15 de febrero, tenemos que el tipo de interés medio para contratos de tarjeta “revolving” publicado por el Banco de España más próximo en el tiempo al contrato objeto de este litigio fue el correspondiente al año 2010, siento un tipo de interés medio del 19,32% TEDR, por lo que puede tomarse como referencia una TAE del 19,52 o del 19,62%, “al agregar las comisiones… entre 20 y 30 centésimas”.

En los términos ya apuntados en el fundamento de derecho segundo, los anteriores razonamientos conllevan a la declaración de nulidad del contrato de
tarjeta de crédito “revolving” (artículos 1 y 3 de la Ley), estimando la demanda y condenando a la entidad prestamista a devolver la cantidad resultante de la diferencia entre el capital prestado y todas las cantidades satisfechas por el demandante por cualquier concepto, que, en su caso, se determine en ejecución de sentencia (artículo 219 de la LECiv).

FALLO

ESTIMO íntegramente la demanda presentada por D. XXXX frente a la entidad Banco Santander S.A.; en consecuencia,

Declaro la nulidad contrato de tarjeta de crédito “Global Bonus” por usurario, y Condeno a la entidad Banco Santander S.A. a que, en su caso, devuelva D. XXXXXX la cantidad que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.

Con condena de la demandada al pago de las costas procesales causadas.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 63.774€

Hemos recuperado un total de:

30.360.805 €
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