Un Juzgado Sentencia a Dineo a devolver 1.288,57€ tras la nulidad de 13 préstamos rápidos usurarios

El Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Marbella Sentencia a Dineo a devolver 1.288,57 € tras la nulidad de 13 préstamos rápidos usurarios.

Entre las partes se celebraron, entre los años 2016 y 2019, diferentes contratos de “micropréstamos”, en los que se establecía un capital de entre 100 y 500 euros con un TAE del 3.752 %.

En base a lo anterior, al contrato concertado entre las partes le es de aplicación el art. 1 de la Ley de Represión de Usura, al estar encuadrada la operación crediticia en el ámbito del crédito al consumo.

Por consiguiente, el interés remuneratorio pactado ha de considerarse completamente injustificado y desproporcionado con las circunstancias del caso, por lo que procede declarar la nulidad de pleno derecho de todos los contratos suscritos.

Abogado director del procedimiento: Francisco de Borja Virgós de Santiesteban

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

La Ley de Represión de la Usura es aplicable también a los contratos de crédito y no solo a los préstamos, conforme al artículo 9 de la Ley.
Para que la operación crediticia pueda ser considerada usuraria, basta con que se den los requisitos previstos en el primer inciso del art. 1 de la ley, esto es, «que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso», sin que sea exigible que, acumuladamente, se exija «que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales».
El porcentaje que ha de tomarse en consideración para determinar si el interés es notablemente superior al normal del dinero no es el nominal, sino la tasa anual equivalente (TAE), que se calcula tomando en consideración cualesquiera pagos que el prestatario ha de realizar al prestamista por razón del préstamo.
El interés con el que ha de realizarse la comparación es el «normal del dinero», por lo que no se trata de compararlo con el interés legal del dinero, sino con el interés «normal o habitual, en concurrencia con las circunstancias del caso y la libertad existente en esta materia».
No se trata tanto de determinar si el interés remuneratorio es o no excesivo, como si es «notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso».
Dado que las pretensiones de la parte actora han sido estimadas la demandada ha de ser condenada al pago de las costas procesales. Estimada parcialmente la demanda reconvencional no ha lugar a expresa imposición de costas a ninguna de las partes. Todo ello en atención a lo prevenido en el artículo 394.1 de la LEC.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por la procuradora Dña. XXXXXX, en nombre y representación de Dña. XXXXXX, contra la mercantil DINEO CRÉDITO SL, con los siguientes pronunciamientos:

Primero: Se declara la nulidad de pleno derecho de los 13 contratos celebrados entre las partes relacionados en el documento nº 3 de la contestación a la demanda.

Segundo: se condena a la demandada a devolver todas las sumas percibidas en exceso sobre el capital de los 13 préstamos concertados, incluidos intereses remuneratorios, las llamadas “extensiones” e intereses y penalizaciones por mora, importe que será determinado en su caso en ejecución de Sentencia, más los intereses legales sobre tales sumas desde la fecha en que fueron satisfechas.

Tercero: se sentencia a Dineo al pago de las costas.

Se estima parcialmente la demanda reconvencional interpuesta por el procurador D. XXXXXX, en nombre y representación de DINEO CRÉDITO SL, contra Dña. XXXXXX.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 1.288,57€

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