Sentencia Wizink 6.080€

Un usuario de Economía Zero recupera 6.080,32€ tras la sentencia a Wizink que declara la nulidad de dos contratos de tarjeta de crédito.

La parte demandante contrató con la financiera dos contratos de crédito al consumo, en abril de 2012 y diciembre de 2014, en los que se aplicó un tipo nominal anual del 26,82% TAE y del 26,70% TAE respectivamente, aplicando en ambos contratos un interés del 26,82%.

En el periodo de celebración de los contratos, el tipo medio de las operaciones de crédito al consumo era del 9,11% y del 9,74% por lo que debe considerarse el interés aplicado usurario por ser notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.

Abogada directora del procedimiento: Ane Miren Magro Santamaría

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

La normativa sobre cláusulas abusivas en contratos concertados con consumidores no permite el control del carácter «abusivo» del tipo de interés remuneratorio en tanto que la cláusula en que se establece tal interés regula un elemento esencial del contrato, como es el precio del servicio, siempre que cumpla el requisito de transparencia.
Para que la operación crediticia pueda ser considerada usuraria, basta con que se den los requisitos previstos en el primer inciso del art. 1 de la ley, esto es, «que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso», sin que sea exigible que, acumuladamente, se exija «que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales».
No puede justificarse la fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero por el riesgo derivado del alto nivel de impagos anudado a operaciones de crédito concedidas de modo ágil, porque la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico.
Artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura: «El prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si el prestatario hubiera satisfecho parte de la suma percibida como principal y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado».
Artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: “En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie, y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho».
En consecuencia, y dada la estimación de la pretensión inicial, sin que se aprecie serias dudas de hecho o derecho, se imponen las costas a la parte demandada.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. XXXXXX, en nombre y representación de Dña. XXXXXX, contra Wizink Bank S.A, representada por la Procuradora Sra. XXXXXX, debo declarar y declaro nulo por usurario el contrato de tarjeta suscrito entre las partes, en fechas 25 de abril de 2012 y 10 de Diciembre de 2014, con las consecuencias legales que establece el artículo 3 de la Ley de Usura y, en consecuencia la Sra. XXXXXX estará obligado a entregar la suma recibida; y si hubiera satisfecho más de lo prestado, se condena a Wizink Bank a devolver a Dña. XXXXXX cuantas cantidades abonadas durante la vida del crédito excedan del capital prestado.
Se condena en costas a la parte demandada.

Préstamos rápidos

¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.

Procedimientos monitorios

Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.

Importe recuperado: 6.080,32€

Hemos recuperado un total de:

26.496.851 €
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