Eos Spain pierde Monitorio y devuelve 3.365€

Eos Spain S.L. presentó una demanda de juicio monitorio a un cliente de Economía Zero reclamando una deuda de 5.357,33€ que pertenecía a una tarjeta de crédito revolving de la entidad Santander Consumer Finance S.A.

La demandada se opuso a este procedimiento dentro del plazo de 20 días hábiles y solicitó que se declarase nulo por usura el contrato.

La TAE que se ha venido aplicando es del 26.80% TAE, el contrato lleva fecha 19 noviembre de 2014, tomando como referencia este período, los tipos de interés medios oscilan alrededor del 20-21% (el más bajo que se recoge es del 19,627% y el más alto es del 21,25%).

Por lo cual cabe apreciar que los intereses son usurarios y desproporcionados con las circunstancias del caso.

Finalmente, la Magistrada del caso estima parcialmente la demanda presentada por Eos Spain S.L declarándose nulo el contrato de la tarjeta de crédito suscrito entre las partes y la demandada solo tendrá que abonar lo que falte de pagar del capital inicial prestado suma que asciende a 1991,77€.

La clienta de Economía Zero ha obtenido un beneficio de 3.365,56€ después de oponerse al procedimiento monitorio de Eos Spain S.L.

Abogado director del procedimiento: Don Daniel González Navarro

Tarjetas de crédito

Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.

Extractos relevantes de la sentencia

El 18 de febrero de 2021 EOS SPAIN S.L. presentó petición inicial de procedimiento monitorio frente a D. , en reclamación de 5.357,33 euros.
La parte actora solicita que se condene a la demandada a pagar 5.357,33 euros, dado que ésta debe dicha cantidad por no haber pagado lo debido por el contrato de tarjeta de crédito nº. XXXX que suscribió con SANTANDER CONSUMER FINANCE S.A., entidad que cedió a la demandante el crédito litigioso.
Partiendo de lo anterior, hemos de determinar si los intereses se pueden considerar usurarios. El artículo 1.1 de la Ley de Usura establece que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.
En el presente caso nos encontramos ante una reclamación dineraria en base al contrato. En virtud de lo expuesto, este contrato es nulo, por lo que el demandado estará obligado a devolver única y exclusivamente la suma recibida como principal del crédito, debiéndose restar todas las cantidades abonadas como intereses a causa de dicho contrato. De esta manera la condena solamente se puede limitar a que el demandado abone a la actora la suma recibida como principal del crédito menos todas las cantidades abonadas como consecuencia de dicho contrato.

FALLO

Por todo lo expuesto, estimo parcialmente la demanda interpuesta por EOS SPAIN S.L., frente a D. y, en consecuencia:
Se declara la nulidad por usura del contrato de tarjeta de crédito Worten suscrito por el demandado y SANTANDER CONSUMER FINANCE S.A. el 19 de noviembre de 2014.
Se declara la obligación del demandado de devolver sólo el principal del crédito, minorando todas las cantidades abonadas como consecuencia de dicho contrato

Préstamos rápidos

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Procedimientos monitorios

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Importe recuperado: 3.365 €

Hemos recuperado un total de:

26.495.411 €
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