El acoso telefónico para que se paguen las deudas.

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Acoso Telefónico

Muchas empresas, especialmente las compañías de recobro, utilizan este método para presionar a los consumidores para que paguen sus deudas. Tenemos que saber diferenciar entre una llamada informativa, y una llamada de acoso. Entendemos por llamada informativa, a aquella llamada en la que se te informa de una «supuesta deuda» y se te solicita el pago.

Ahora bien. Si esta llamada se convierte en decenas de llamadas, que incluyan amenazas (Que irán a verte a tu casa para negociar, que avisarán a tus familiares para informarles de tu deuda, etc…) podemos considerar que existe acoso telefónico.

Si te está acosando por teléfono una entidad de crédito, en este artículo te daremos algunos consejos sobre cómo puedes actuar.

En caso de que la empresa de recobro recupere la deuda, se llevará una parte del dinero mientras que la otra se la quedará el acreedor.

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Normalmente, el personal que realiza este tipo de prácticas utiliza un tono agresivo, para que el usuario se altere y decida pagar.

¿Cuándo se considera acoso telefónico?

Podemos considerar que exista acoso telefónico, cuando la llamada de teléfono no ha sido solicitada, ni deseada, ni autorizada, se hace de forma insistente y reiterada, utilizando amenazas, humillaciones o maltrato verbal.

Este tipo de llamadas puede alterar gravemente el desarrollo de la vida cotidiana de las personas afectadas.

Episodios de ansiedad, estrés.. pueden ser algunos de los efectos que causan el acoso telefónico.

Si te acosan por una deuda, llamándote de manera constante, puede llegar a considerarse delito de acoso telefónico.

 

¿Es legal acosar telefónicamente para cobrar una deuda bancaria?

No. Ningún tipo de acoso es legal. El acoso telefónico, es un tipo de acoso. Por lo tanto, estamos hablando de un delito. No obstante, España es uno de los pocos países de la Unión Europea que carece de regulación para este tipo de empresas. Como consecuencia, el acoso telefónico por deudas se produce a menudo, ya que las entidades financieras y empresas de recobro llevan al límite de la legalidad estas llamadas informativas, convirtiéndolas en muchos casos en «acoso telefónico».

Cuando se amenaza, intimida, presiona o amenaza a un usuario de forma insistente para reclamar una deuda se está produciendo una vulneración contra los derechos y libertades del deudor. Esto es considerado un delito penal.

No obstante, debes tener en cuenta que España es uno de los pocos países de la Unión Europea que carece de regulación para este tipo de compañías, por lo que el acoso telefónico por deudas se produce a menudo pese a que es ilícito amenazar o coaccionar al deudor.

¿Se puede denunciar a una empresa por acoso telefónico?

Se puede denunciar a una compañía telefónica por acoso al igual que a una empresa de recobro. Es más probable que ganes si estás apuntado a la lista Robinson. Es por ello que, desde la inclusión de este nuevo tipo delictivo, también conocido como Stalking, es posible denunciar el acoso telefónico recobros, y el hostigamiento al que son sometidas muchas personas.

Los únicos que pueden obligar a pagar son los jueces.

Me acosan por teléfono, ¿qué puedo hacer?

A continuación, te damos unos consejos sobre cómo actuar ante acoso telefónico por empresas de recobro.

  • Bloquear el número de teléfono.
    Puedes hacerlo desde el propio terminal, o con una de las muchas aplicaciones gratuitas que existen. Aunque generalmente estas empresas encontrarán otros métodos para establecer contacto, servirá para que temporalmente no te llamen.
  • Inscribirte en la lista Robinson.
    Este servicio es gratuito para los ciudadanos. Las empresas de marketing telefónico, están obligadas a consultar esta lista para enviar publicidad o llamarte por teléfono en el caso de que no hayas dado su consentimiento expreso para ello. En el caso de las empresas de recobro, en la mayoría de ocasiones han comprado la deuda, pero no tienen tu permiso ni autorización para enviar publicidad, ni llamarte por teléfono.
    De hecho, en España ya hay varias sentencias que condenan a varias empresas por llamar a consumidores que estaban apuntados en este registro y carecían de autorización para llamar por teléfono. La Agencia de Protección de Datos pone multas de más de 10.000€.
  • Grabar la llamada.
    El tema de las grabaciones de llamada, siempre ha causado mucha controversia. Es posible que pienses, que no es posible grabar una llamada sin autorización, pero si es posible siempre que se cumplan los siguientes requisitos:- Tienes que ser interlocutor en la llamada. No puedes grabar una conversación en la que no participes.
    No puedes difundir la grabación de la llamada, sin autorización de TODOS los interlocutores. Olvídate de publicar la llamada en redes sociales, o enviarla a amigos y conocidos. Esto no implica que no puedas presentarla como prueba.
    Si puedes presentar la grabación, como prueba en un juicio.

    Por lo tanto, te recomendamos que avises a la empresa de que estás grabando las llamadas nada más descolgar. Independientemente de lo que te digan, que posiblemente sea que no te dan autorización, tu debes de grabarla igualmente.
    Después, les informas que no quieres que te llamen más, porque consideras que te están acosando telefónicamente. Diles también que tu abogado te ha dicho que nada más tengas varias llamadas grabadas vas a acudir al Juzgado de Guardia o a una comisaría para denunciarlos, y cuelgas. Servirá como prueba en caso de que demandes a la compañía.

  • Interponer una denuncia en el juzgado.
    De manera que sea un juez el que decida tu situación.
  • Reclamar los intereses abusivos de tu tarjeta o préstamo rápido para que tu deuda desaparezca y se declare nulo el contrato.

¿Cómo me puedo defender del acoso telefónico de los bancos?

Si te acosan por teléfono por una supuesta deuda, puede ser como consecuencia de la acumulación de deudas por haber solicitado préstamos rápidos o tarjetas de crédito de tipo revolving.
Si te encuentras en esta situación, desde Economía Zero podemos ayudarte a reclamar estos productos financieros que en muchas ocasiones tienen intereses abusivos.

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El estudio de cada caso es gratuito. Si finalmente se consigue la nulidad, sólo tendrías que pagar el dinero que te prestaron, por lo que, en caso de haber pagado intereses, la entidad tendría que devolverte dinero.
Es decir, a parte de recuperar el dinero que te pertenece, la deuda dejaría de existir y ya no sufrirás más acoso telefónico por deudas en España.

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