El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Alcobendas declara la nulidad del contrato de crédito suscrito por un cliente de Economía Zero con Servicios Financieros Carrefour por falta de transparencia.
La parte actora suscribió con Servicios Financieros Carrefour un contrato de crédito al consumo vinculado a una tarjeta revolving, sin negociación del mismo y de forma automática.
Además, las condiciones generales del contrato son ilegibles e imperceptibles, por tanto, abusivas, por lo que cabe su nulidad por falta de transparencia.
La entidad por su parte se allana a todas las pretensiones solicitadas por el demandante.
La Juez del caso estima íntegramente la demanda contra Servicios Financieros Carrefour, E.F.C., S.A. y, por consiguiente, declara la nulidad del contrato suscrito entre las partes por falta de transparencia y/o abusividad de cláusulas contenidas en el mismo.
Asimismo, condena a la entidad demandada a la restitución a la actora de los efectos dimanantes del contrato litigioso, más el pago de los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, cantidad que suma 2.157,65€.
Las costas derivadas del procedimiento judicial son impuestas a la parte demandada.
Abogado director del procedimiento: Daniel González Navarro
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora Doña XXXX, en nombre y representación de DON XXXX, frente a la entidad SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC SA, representada por el Procurador Don XXXX; y, en su consecuencia, debo declarar y declaro la no incorporación y/o la nulidad de las cláusulas relativas a la fijación del interés remuneratorio, al modo de amortización de la deuda y composición de los pagos, y a los costes y precio total del contrato de autos por no superar el doble filtro de incorporación y transparencia, y por tratarse de condiciones esenciales del contrato, la nulidad del contrato de crédito junto con el seguro accesorio al mismo, condenando a la demandada a que devuelva al demandante la cantidad pagada por éste, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más intereses.
Ello debe entenderse con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales devengadas en la presente causa.
Préstamos rápidos
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Procedimientos monitorios
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