El Juzgado nº 2 de Navarra declara la nulidad de 20 préstamos rápidos por considerarlos usurarios.
Un consumidor, ahogado por la dificultad para devolver dichos préstamos, decidió reclamar a Vivus con el asesoramiento de Economía Zero.
Dichos préstamos aplicaban al usuario una TAE media de entre el 2.742 % y el 2.830 %. Su determinación de reclamar a Vivus está más que justificada, ya que en los años de vigencia de los contratos del préstamo, la TAE media aplicada para estos tipos de productos financieros no superaba el 6,60 %.
En la sentencia, la Jueza determinó que el interés remuneratorio pactado en los contratos que llevaron al usuario a reclamar a Vivus era indudablemente usurario.
De hecho, en dicha operación de crédito concurren las dos circunstancias que la Ley de Represión de la Usura de 1908 o Ley Azcárate recoge que han de darse para considerar una operación de este tipo como usuraria.
Tras reclamar a Vivus y una vez dictada sentencia por el Magistrado Juez del caso, el usuario de Economía Zero recuperará las cantidades que abonó a la entidad por encima del capital que le fue efectivamente prestado, cantidad que suma 1.683€.
La entidad demandada también fue condenada al pago de las costas procesales.
Letrado responsable del caso: Don Daniel González Navarro
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
En fecha de 3 de octubre de 2022 tuvo entrada demanda de Dª XXXX en representación de Dª XXXX frente a ID FINANCE SPAIN SLU y solicita que se dicte Sentencia en los siguientes términos.: “Con carácter principal, DECLARE la nulidad por usura de los contratos de préstamo objeto de esta demanda (N.º XXXX ) y CONDENE a la demandada a que devuelva a mi mandante la cantidad pagada por este, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que correspondan; así como al pago de las costas del pleito.
En fecha de 10 de noviembre D XXXX en representación de 4 FINANCE SPAIN presenta escrito de contestación a la demanda solicitando se dicte sentencia por la que:
1) Se acoja la excepción de inadecuación de procedimiento, convirtiéndose el presente en un juicio verbal. Subsidiariamente, para el caso de considerarse que los cauces para tramitar el presente asunto son los del Juicio Ordinario, se fije la cuantía en el importe de los intereses remuneratorios abonados por la parte actora y que excede del capital principal.
2) Se dicte Sentencia mediante la cual se desestime íntegramente la demanda, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandante.
3) Subsidiariamente, en el improbable caso de estimarse la demanda, entendemos que no procedería la imposición de costas a esta parte, ante evidente LAS DUDAS DE DERECHO EXISTENTES en los procedimientos de nulidad contractual por usura, que han culminado ante la interposición de una cuestión prejudicial ante el TJUE”
FALLO
ESTIMO la demanda de Dª XXXX en representación de Dª XXXX frente a ID FINANCE SPAIN SLU declarando la nulidad por usura de los contratos de préstamo nº XXXX.
Condenando a la demandada a que devuelva a la actora la cantidad pagada por este, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto junto a los intereses legales , a determinar en ejecución de sentencia.
Con expresa imposición de las costas a la parte demandada.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
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