El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito, suscrito por un usuario de Economía Zero con la entidad financiera Bankinter, por usurario, condenando a la demandada a la retribución de la cantidad de 2.065€ a la parte actora. En el caso de autos, la entidad pactó con el contratante unos intereses abusivos y desproporcionados, con una TAE del 26,82%, que superaban ampliamente el 8,34 % del tipo de interés activo aplicado por las entidades de crédito en la fecha de suscripción del contrato.
Así, si nos fijamos en la tabla 19.3 publicada por el Banco de España podemos comprobar que, a la fecha de la contratación de esta tarjeta (25 de junio de 2018) el tipo medio aplicable a este tipo de modalidades crediticias era del 20,62%.
Asimismo, se alude a la parte demandante la no transparencia en la elaboración del contrato presente puesto que fue prerredactado, lo que permite tener por acreditada la ausencia de negociación, e impuesto a la parte actora, ya que la incorporación de las condiciones generales al contrato se realiza exclusivamente por la entidad, frente a lo cual, el adherente únicamente puede optar por su aceptación.
Tras la estimación de la demanda, el Magistrado-Juez del caso declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito entre las partes y condena a la entidad bancaria Bankinter a la retribución de 2.065 €, más los intereses legales devengados desde el día de interposición de la demanda hasta la fecha de la presente Sentencia, y el interés legal incrementado en dos puntos desde esta Sentencia hasta su completo pago.
Se condena al demandado la imposición de las costas procesales devengadas del presente litigio.
Abogada directora del procedimiento: Azucena Natalia Rodríguez Picallo
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
FALLO
ESTIMANDO totalmente la demanda presentada por D. XXXX contra la entidad BANKINTER CONSUMER FINANCE EFC SA:
1.- DECLARO la nulidad del contrato de tarjeta de crédito suscrito entre ambas partes el pasado 25 de junio de 2018 por resultar usurario el tipo de interés pactado, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
2.- CONDENO a la demandada a reintegrar al demandante las cantidades abonadas –por cualquier concepto- durante la vigencia del contrato y que excedan del capital prestado, lo cual se determinará en ejecución de sentencia; más los intereses legales de dicha cantidad a contar desde la fecha de su efectivo pago; así como al pago de las costas.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
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