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contra tarjetas revolving

Después de la reciente sentencia del Tribunal Supremo del 15 de febrero de 2023, se establecen los criterios para valorar cuándo una tarjeta revolving tiene intereses usurarios o no.

No obstante, las tarjetas de crédito revolving puedes seguir siendo abusivas debido a la falta de transparencia. Si crees que tu tarjeta es abusiva, envíanos tu contrato y estudiaremos tu caso GRATIS. Si no tienes el contrato y no puedes conseguirlo, no te preocupes. Nosotros nos encargamos de todo.

Estos contratos de crédito se caracterizan por tener excesivos intereses remuneratorios, pudiéndose considerar en algunos casos, usurarios y poco transparentes.

A continuación podrás consultar nuestra base de datos de sentencias contra tarjetas revolving.

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Falta de transparencia. otro motivo para reclamar tu tarjeta de crédito

En los últimos años, las sentencias revolving han sido un tema candente en el ámbito legal debido sobre todo a la usura. No obstante no podemos olvidar que la falta de transparencia por parte de las entidades financieras también es motivo de peso para reclamar. Es decir, podemos reclamar un contrato por falta de transparencia, independientemente del carácter usurario del interés.

Artículo 1 de la Ley de la Usura

“Será nulo todo contrato de préstamo en el que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

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La falta de transparencia en la contratación sigue siendo motivo de reclamación

Artículo 3 de la Ley de la Usura:

“El prestatario sólo estará obligado a entregar al prestamista la cantidad que efectivamente le fue prestada”.

La sentencia favoreció «a cualquier consumidor que tuviera una tarjeta de crédito revolving advertir de la posibilidad de reclamar el posible carácter usurario de su contrato».

Tras la sentencia del Tribunal Supremo del 15 de febrero de 2023, se han establecido unos criterios claros para las reclamaciones por usura de las tarjetas revolving.

Tras años de incertidumbre, el Tribunal Supremo ha vinculado definitivamente la TAE del contrato con el índice TEDR del Banco de España con un diferencial de 6,3 puntos.

Puedes consultar las tablas del Banco de España con el diferencial ya aplicado, haciendo click en este enlace. Si la TAE de tu producto supera la indicada en estas tablas, la reclamación por usura de tu producto, será viable.

«En febrero de 2023 entró en vigor la sentencia del Tribunal Supremo que vincula la viabilidad de las reclamaciones por usura a un diferencial + 6,3 puntos

Dependiendo del tipo de tarjeta contratado y de la entidad, puede que la TAE establecida sea inferior al mínimo para reclamar. En estos casos, hay que valorar la posibilidad de reclamar por falta de transparencia en la contratación.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre las tarjetas revolving?

Tras la última sentencia del Tribunal Supremo del 15 de febrero de 2023, en un intento de poner fin a la litigiosidad de las tarjetas de crédito revolving, el alto tribunal establece unos criterios claros para saber si una tarjeta de crédito revolving tiene un tipo de interés abusivo.

Este nuevo criterio del tribunal, vincula los tipos de interés de la tarjeta en el momento de la contratación a las tablas del banco de España TEDR, declarando intereses de usura todos los que superen en 6,3 puntos los marcados en estas tablas. Este cambio de criterio beneficia claramente a las entidades bancarias y perjudica a los consumidores, que tendrán que afrontar los intereses de estos productos que en muchas ocasiones son muy superiores al precio normal del dinero.

Esta fecha marca un antes y un después en la regulación de estas tarjetas, estableciendo un nuevo criterio que beneficia una vez mas a los bancos, ya que la mayoría de TAEs consideradas usurarias hasta ahora, dejarán de serlo.

¿Qué interés se considera abusivo en una tarjeta revolving?

Para determinar la nulidad del contrato de una tarjeta revolving, es importante verificar si existe una clara existencia de usura. Según las tablas del Banco de España, si el interés supera en seis puntos los índices marcados, se considera un producto con intereses abusivos.

Si tienes dificultades para interpretar las tablas del banco, puedes consultar las tablas que ofrecemos en nuestra página web. Es fundamental estar informado y proteger tus derechos como consumidor.

¿Por qué este nuevo criterio del Tribunal Supremo?

En los últimos años, la alta litigiosidad de las tarjetas revolving ha sido un tema recurrente en los tribunales de toda Europa. La falta de un criterio claro para determinar la existencia de usura en estos contratos de crédito ha llevado a una saturación de casos y a una gran incertidumbre jurídica.

Con la reciente sentencia del Tribunal Supremo, se han establecido seis puntos clave para determinar la nulidad de estos contratos, incluyendo un porcentaje máximo de interés y la obligación de informar al consumidor de manera clara y transparente.

Aunque esta decisión ha sido criticada por beneficiar a las entidades financieras, también se considera un avance en la protección del consumidor al establecer un marco legal claro y objetivo.

Estas noticias han generado un gran debate en el sector financiero y jurídico, y se espera que tenga repercusiones en futuros casos relacionados con la usura en los contratos de crédito revolving.

¿Este criterio afecta solo a las tarjetas revolving o también a otros tipos de contratos?

La sentencia del Tribunal Supremo sobre usura ha generado una nueva interpretación en cuanto al interés del contrato en el crédito al consumo, afectando no solo a las tarjetas revolving, sino también a otros tipos de contratos como las líneas de crédito y préstamos personales.

Esta cuestión ha sido ampliamente debatida y finalmente se ha establecido una respuesta clara en relación con la usura en este tipo de productos financieros. La sentencia del Supremo ha marcado un antes y un después en la regulación de los intereses de estos contratos.

¿Ya no se pueden reclamar las tarjetas revolving tras esta nueva sentencia?

Las tarjetas revolving, se pueden seguir reclamando tanto por usura, como por falta de transparencia en la contratación. Si bien ahora los criterios para considerar una tarjeta usuraria han cambiado y es más difícil encontrar usura en estos productos, la falta de transparencia sigue siendo el motivo principal de la declaración de nulidad de estos contratos abusivos.

Desgraciadamente, los bancos llevan años vendiendo contratos que no superan el doble control de transparencia. Contratos en los que añaden gastos y comisiones que en realidad tienen que formar parte de la TAE. incluso contratos que se venden en centros comerciales y cadenas de tiendas sin informar debidamente a los usuarios de las consecuencias y desventajas de contratar uno de estos productos revolving.

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