Santander Consumer Finance es condenado por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Telde al reintegro de 5.767,59 € a un usuario de EZ tras la nulidad de un contrato de tarjeta Ikea Family por aplicar un tipo de interés usurario.
Las partes suscribieron un contrato de tarjeta de crédito en fecha 6 de Septiembre de 2006, en el que se estipulaba un tipo de interés del 26,23 %, mientras que el interés medio de los créditos al consumo ese momento se situaba en el 9,40 % TAE, por lo que el aplicado en el caso de autos es notablemente superior al normal del dinero.
Asimismo, por la entidad crediticia no se ha justificado la existencia de circunstancias excepcionales que expliquen la estipulación de un interés tan elevado, por lo que el interés litigante debe considerarse manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, lo que conlleva la nulidad del contrato por usuario.
Abogado director del procedimiento: Miguel Ángel Correderas García
Tarjetas de crédito
Si tienes, o has tenido una tarjeta de crédito de cualquier entidad financiera, puede que te hayan aplicado intereses de usura.
Extractos relevantes de la sentencia
«Si la apreciación del carácter abusivo de las cláusulas no puede referirse a la definición del objeto principal del contrato ni a la adecuación entre precio y retribución, por una parte, ni a los servicios o bienes que hayan de proporcionarse como contrapartida, se ha de convenir con la parte apelada que dicho interés remuneratorio, en cuanto que es el precio que se paga por tomar dinero a préstamo, forma parte esencial del contrato y, consecuentemente, la cláusula que lo establece queda excluida de cualquier control de abusividad pues el mismo tan solo puede proyectarse sobre cláusulas no esenciales del contrato, esto es, sobre aquellas que para el caso de ser suprimidas, no afectarían a la subsistencia del contrato».
«Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales».
«Lo dispuesto por esta Ley se aplicará a toda operación sustancialmente equivalente a un préstamo de dinero, cualesquiera que sean la forma que revista el contrato y la garantía que para su cumplimiento se haya ofrecido».
Artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil respecto de las costas en la primera instancia:
1. En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones.
2. Si fuere parcial la estimación o desestimación de las pretensiones, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 394.1 de la LEC, las costas procesales se imponen a la parte demandada al ser estimadas las pretensiones de la parte actora en su integridad.
FALLO
Estimando como estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Dña. XXXXXX, en nombre y representación de D. XXXXXX, contra SANTANDER CONSUMER FINANCE SA, la Juez del caso:
1. Declara la nulidad del contrato de préstamo suscrito entre las partes con fecha 6 de Septiembre de 2006 por usurario.
2. Condena al demandado SANTANDER CONSUMER FINANCE SA a pagar a D. XXXXXX la cantidad pagada por éste, por todos los conceptos, que haya excedido del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda.
3. Condena al demandado al pago de las costas procesales.
Préstamos rápidos
¿Tienes, o has tenido uno o varios préstamos rápidos? ¡ Es muy posible que te hayan aplicado intereses de usura ! o los contratos tengan falta de transparencia.
Procedimientos monitorios
Si has recibido una notificación del juzgado donde te informan del inicio de un procedimiento monitorio en tu contra, podemos ayudarte.
Importe recuperado: 5.767,59 €
Buenas Carla.
Te adjunto los documentos firmados.
Saludos.
Hola Rafa
Nos ponemos en contacto contigo para comunicarte que hemos recibido correctamente los documentos firmados que nos remites y procedemos a incluirlos en tu expediente, así como tramitar la reclamación con SANTANDER a la mayor brevedad posible.
En cuanto tengamos una respuesta nos pondremos en contacto contigo. Si la respuesta la recibes tú, envíanosla para que podamos valorar la propuesta que te hagan.
Te informamos de que el plazo de respuesta que tiene la entidad es de 2 meses. Por lo tanto, si ves que no te hemos respondido durante ese período de tiempo, no te preocupes, significa que aún no nos ha contestado.
MUY IMPORTANTE: Es muy posible que recibas una propuesta por parte de la entidad, en la que es posible que intenten que no te puedas asesorar antes de aceptar y que les contestes en ese mismo momento. Las ofertas que la mayoría de usuarios ya nos han trasladado son irrisorias y no llegan ni al 25% de la cuantía que te correspondería recuperar.
Por lo tanto, ante cualquier propuesta, sea mediante una llamada, por email o por correo postal, no debes aceptar sin que antes nos puedas dar traslado de ella para que podamos estudiarla y valorar la misma conforme a tus intereses.
Recuerda que cualquier acuerdo o propuesta de acuerdo que la entidad te remita a partir de este momento se considerará consecuencia de la reclamación que nos has encargado y que ya hemos efectuado y estará sujeta a los honorarios que acordamos.
Como siempre, estamos a tu disposición para cualquier duda.
Un saludo.
Buenos días, os adjunto resguardo de la devolución efectuada por el Santander, son 2.437,40 € que es aproximadamente la mitad de lo que habíais reclamado.
Espero a que me digáis qué hacer y a pagaros los honorarios de esta devolución. Estoy muy contenta con vuestro trabajo, muchas gracias.
Saludos.
Hola Sonia
Qué gran noticia es para nosotros que Banco Santander te haya devuelto parte del dinero que te había cobrado indebidamente en concepto de comisiones por descubierto.
Todo el equipo de Economía Zero te damos la enhorabuena por esta devolución que te han efectuado tan rápida y satisfactoria. En breve procederemos a sumar a nuestra hucha de reclamaciones los 2.437,40 € que has recuperado.
Te adjuntamos la factura de nuestros honorarios que acordamos antes de iniciar la reclamación (15 % + IVA de las cantidades recuperadas tras la reclamación). El número de cuenta donde tienes que hacer el ingreso es el siguiente: ES91 1491 0001 2130 0009 9633 (Triodos Bank). Una vez que recibamos el ingreso, te lo confirmaremos.
Como la devolución que te han efectuado no se corresponde con toda la cantidad de comisiones por descubierto indebidas que reclamamos, una vez que recibamos el ingreso de nuestros honorarios, continuaremos con el proceso de reclamación extrajudicial contra Santander enviando una segunda carta de reclamación en la que solicitaremos que te devuelvan el importe restante de la reclamación, esto son, 2.968,24 €. Si hubieras tenido nuevas comisiones reclamables desde que nos enviaste los movimientos con los que preparamos la reclamación, en octubre de 2020, deberás indicárnoslo y enviarnos los movimientos donde se encuentren esas comisiones para poder reclamarlas en esta segunda carta que vamos a enviar a Santander. Si no estás segura de haber tenido nuevas comisiones, puedes enviarnos los extractos de tu cuenta para que lo comprobemos nosotros.
Quedamos como siempre, a tu disposición ante cualquier duda.
Muchas gracias por confiar en nosotros.
Un saludo.